This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Wed May 13 11:30:51 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional --------------------------------------------------- DECRETO 4670/1973IMPUESTOSIMPUESTOS NO VIGENTESDivisasImpuesto especial a las divisas. Ingreso del impuesto por la entidades. Plazos. Condicionesdel 21/5/1973; publ. 4/6/1973Visto las disposiciones de la ley 20421 , yConsiderando:Que por el art. 2 de la mencionada ley, resulta necesario dictar las normas referidas a plazos y condiciones en que se debe ingresar el impuesto;Que asimismo el art. 4 delega en el Poder Ejecutivo nacional la determinación de las operaciones de cambio no alcanzadas por el mismo;Por ello,El presidente de la Nación Argentina decreta:Art. 1.– Las entidades autorizadas para operar en cambios deberán proceder al ingreso del gravamen creado por ley 20421 , dentro de las veinticuatro (24) horas de su percepción, mediante depósito en el Banco de la Nación Argentina para la cuenta del Ministerio de Hacienda y Finanzas orden Tesorería General.Art. 2.– El impuesto no es aplicable en el supuesto de:a) Adquisiciones de cambio relacionadas con viajes al exterior en misión oficial, abonadas con fondos provenientes de recursos oficiales;b) Operaciones vinculadas con la venta de pasajes de ida y de vuelta por parte de las empresas transportadoras que operen en el país.Art. 3.– El presente decreto entrará en vigor a partir de la vigencia de la ley que reglamenta.Art. 4.– Comuníquese, etc.Lanusse – Wehbe  --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0020-00-09 18:58:49 Post date GMT: 0020-00-09 18:58:49 Post modified date: 0020-00-09 18:58:49 Post modified date GMT: 0020-00-09 18:58:49 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com