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Decreto 1822/2004 INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA EL PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES PODER EJECUTIVO NACIONAL Dase por designado Auditor Interno de la Unidad de Auditoría Interna del mencionado Instituto, con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 25.827. Bs.As., 10/12/2004 VISTO el Expediente Nº D 078 67/04, del INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES, las Leyes Nros.24.156 y 25.827 y los Decretos Nros.971 del 6 de mayo de 1993 y 491 del 12 de marzo de 2002, y CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 24.156, en sus artículos 100 y 102, determina y regula la administración financiera y los sistemas de control del Sector Público Nacional, estableciendo la creación y las funciones de las UNIDADES DE AUDITORIA INTERNA en las distintas jurisdicciones y entidades de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL. Que por el Decreto Nº 971/93 se creó en cada una de las jurisdicciones y entidades de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL el cargo de AUDITOR INTERNO, de carácter extraescalafonario, que será designado por resolución de la máxima autoridad ejecutiva del organismo. Que la Ley Nº 25.827 en su artículo 7º, establece que las Jurisdicciones y entidades de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la ley, ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de las disposiciones del artículo 14 de la citada ley. Que por el Decreto Nº 491/02, se estableció, entre otros aspectos, que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente. Que en virtud de la renuncia presentada por el AUDITOR INTERNO del INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES, a partir del 28 de febrero de 2004, corresponde la designación de un nuevo AUDITOR INTERNO a efectos de instrumentar el control interno en procura de los objetivos de economía, eficiencia y eficacia de la gestión. Que mediante las Resoluciones Nros.11 del 26 de enero de 2000, 151 del 1 de noviembre de 2000 y 161 del 23 de octubre de 2002 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION se establecieron los requisitos a los que debe ajustarse el perfil de AUDITOR INTERNO, así como la nómina de incompatibilidades, inhabilitaciones y conflictos de intereses que afectan al ejercicio de dicha función. Que el INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES propone la designación en el cargo de AUDITOR INTERNO de dicho Organismo, con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7º de la Ley Nº 25.827, del agente Nivel B Grado 3 Contador Público Don Juan Carlos VIOLA (D.N.I.Nº 16.082.653). Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, en su condición de organismo rector del Sistema de Control Interno, mediante NOTA SIGEN Nº 0981/2004 G.S.I.S, suscripta por el exSíndico General de la Nación Don Alberto J.B.IRIBARNE, informó que del análisis practicado sobre los respectivos antecedentes, el mencionado profesional reúne el perfil que esa Sindicatura pautó para el desempeño del cargo de AUDITOR INTERNO. Que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los artículos 7º y 14 de la Ley Nº 25.827, el artículo 1º del Decreto Nº 491/2002, y las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 7 de la Constitución Nacional. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: ARTICULO 1º Dase por designado, a partir del día 1 de abril de 2004, al Contador Público Don Juan Carlos VIOLA (D.N.I.16.082.653) en el cargo de carácter extraescalafonario de AUDITOR INTERNO de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES, con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 25.827. ARTICULO 2º El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente Decreto, será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio correspondiente a la Jurisdicción 45 MINISTERIO DE DEFENSA Entidad 470 INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES. ARTICULO 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A.Fernández. José J.B.Pampuro. |