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Legislación NacionalDECRETO 5867/1972 PREFECTURA NAVAL REMUNERACIONES Remuneraciones. Suplemento por zona geográfica. Determinación del 31/8/1972; publ. 11/9/1972 Visto lo propuesto por el Comando en Jefe de la Armada Prefectura Naval Argentina, en expte. 8.247, AU9 4/72, y Considerando: Que el art. 70.204 de la reglamentación del personal (decreto 6242/1971 ) establece que el personal de la Prefectura Naval Argentina es acreedor al suplemento por zona geográfica, cuyos límites determina, previendo en el art. 70.205 las condiciones para su percepción; Que actualmente el referido personal percibe el mencionado suplemento de acuerdo a lo establecido en el decreto 6382/1958 , cuyos importes fueron modificados por el decreto 3859 del 29 de mayo de 1964; Que dado el cambio de límites de las zonas geográficas y lugares, operados en virtud de aquella reglamentación, resulta necesario establecer los montos respectivos de dicho suplemento, en medida adecuada para propender al bienestar del personal, asegurando su permanencia en aquellos destinos, con lo cual se logra el normal desenvolvimiento de los servicios de la Prefectura Naval Argentina. Por ello, El presidente de la Nación Argentina decreta: Art. 1. Fíjase el suplemento por zona geográfica que establece el art. 70.204 de la Reglamentación del Personal (decreto 6242/1971 ) de la Prefectura Naval Argentina, de acuerdo a los importes que se determinan a continuación: Oficiales superiores $ 150 $ 120 $ 75 Oficiales jefes $ 120 $ 96 $ 60 Oficiales subalternos $ 90 $ 72 $ 45 Suboficiales superiores $ 80 $ 64 $ 40 Suboficiales subalternos, cabos y marineros $ 60 $ 48 $ 30 Marineros de segunda $ 12 $ 9,60 $ 6
Art. 2. La incidencia resultante de la aplicación del presente decreto será atendida con los fondos provenientes del inc. 11 Personal, de los créditos otorgados a la Prefectura Naval Argentina por la Ley de Presupuesto General 19407 . Art. 3. Comuníquese, etc. Lanusse Aguirre Obarrio Coda |
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