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Legislación NacionalDECRETO 5891/1972 CONTABILIDAD CONTRATACIONES DEL ESTADO Ley de Contabilidad. Contrataciones en el Ministerio del Interior. Reglamentación jurisdiccional del 1/9/1972; publ. 29/9/1972 Visto el presente expte. 108.597 del año 1970, relacionado con el proyecto de reglamentación jurisdiccional formulado por la Dirección General de Administración del Ministerio del Interior, en orden a lo dispuesto por el art. 58 de la Ley de Contabilidad; atento a lo establecido en el art. 1 del decreto 2691/1972; y teniendo en cuenta la estructura orgánica del citado ministerio, aprobada por decreto 7942/1969 ; Por ello, El presidente de la Nación Argentina decreta: Art. 1. Las contrataciones superiores a pesos cuatrocientos mil ($ 400.000) a que se refiere el art. 58 de la Ley de Contabilidad, serán autorizadas en jurisdicción del Ministerio del Interior por los siguientes funcionarios:
Funcionario autorizante Título I Licitación pública Subsecretario
Jefe de la Policía Federal Título II Contratación directa Subsecretario Título III Remate público Subsecretario
Art. 2. Establécese para el Ministerio del Interior y sus dependencias la siguiente reglamentación jurisdiccional para las contrataciones menores de pesos cuatrocientos mil ($ 400.000), a realizarse por licitación pública, licitación privada o contratación directa: Título I: Licitación pública
Autorización previa Aprobación y/o adjudicación Inc. a) hasta $ 50.000 Jefe de la Delegación de la Policía Federal en la jurisdicción en que se efectúa Superintendente de Administración de la Policía Federal Inc. b) hasta $ 150.000 Superintendente de Administración de la Policía Federal Superintendente de Administración de la Policía Federal Inc. c) hasta $ 250.000 Superintendente de Administración de la Policía Federal Subjefe de la Policía Federal Inc. d) hasta $ 300.000 Director general de Administración Director general de Administración Inc. e) hasta $ 400.000 Jefe de la Policía Federal Subsecretario
Director general de Administración Subsecretario
Título II: Licitación privada
Autorización previa Aprobación y/o adjudicación Inc. a) hasta $ 10.000 Jefe de la Delegación de la Policía Federal en la jurisdicción en que se efectúa Jefe de la Delegación de la Policía Federal en la jurisdicción en que se efectúa Inc. b) hasta $ 40.000 Jefe de la Delegación de la Policía Federal en la jurisdicción en que se efectúa Superintendente de Administración de la Policía Federal
Superintendente de Administración de la Policía Federal Superintendente de Administración de la Policía Federal
Director general de Administración Director general de Administración
Título III: Contratación directa
Autorización previa Aprobación y/o adjudicación Inc. a) hasta $ 40.000 Jefe de la Delegación de la Policía Federal en la jurisdicción en que se efectúa Superintendente de Administración de la Policía Federal Inc. b) hasta $ 150.000 Superintendente de Administración de la Policía Federal Superintendente de Administración de la Policía Federal Inc. c) hasta $ 250.000 Superintendente de Administración de la Policía Federal Subjefe de la Policía Federal Inc. d) hasta $ 300.000 Director general de Administración Director general de Administración Inc. e) hasta $ 400.000 Jefe de la Policía Federal Subsecretario
Director general de Administración Subsecretario
Art. 3. Derógase el decreto 911/1970 Art. 4. Comuníquese, etc. Lanusse Mor Roig |
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