This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Tue May 12 4:30:09 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional --------------------------------------------------- DECRETO 5907/1967HIDROCARBUROSAdjudicación de permisos de exploración. Concursosdel 21/8/1967; publ. 24/8/1967El presidente de la Nación Argentina decreta:Art. 1.– La autoridad de aplicación de la ley 17319 procederá a realizar concursos destinados a adjudicar permisos de exploración de hidrocarburos con sujeción a las disposiciones de la citada ley, dentro de las siguientes zonas de la plataforma continental descriptas en el plano anexo que forma parte del presente decreto:ZONA 1: SAMBOROMBÓN   Coordenadas Geográficas Punto Latitud Longitud 1 35º29’47’’ 56º06’00’’ 2 36º18’23’’ 56º26’00’’ 3 36º18’23’’ 55º05’00’’ 4 37º50’11’’ 55º05’00’’ 5 37º50’11’’ 55º33’45’’ 6 38º11’47’’ 55º38’45’’ 7 38º11’47’’ 56º53’00’’ 8 37º50’11’’ 56º53’00’’ 9 37º50’11’’ 57º20’00’’ 10 37º23’11’’ 57º20’00’’ 11 37º23’11’’ 57º03’07’’ 12 37º17’47’’ 57º03’07’’ 13 37º17’47’’ 56º59’45’’ 14 37º06’59’’ 56º59’45’’ 15 37º06’59’’ Línea de la más baja marea 16 Línea de la más baja marea 56º42’53’’ 17 36º18’23’’ 56º42’53’’ 18 36º18’23’’ 57º13’15’’ 19 36º12’59’’ 57º13’15’’ 20 36º12’59’’ 57º20’00’’ 21 35º35’11’’ 57º20’00’’ 22 35º35’11’’ 57º13’15’’ 23 35º29’47’’ 57º13’15’’  Superficie (Km2) aproximada 39.350ZONA 2: BAHÍA BLANCA   Coordenadas Geográficas Punto Latitud Longitud 1 38º59’30’’ 59º08’37’’ 2 39º53’30’’ 59º08’37’’ 3 39º53’30’’ 60º19’07’’ 4 40º47’30’’ 60º19’07’’ 5 40º47’30’’ 62º04’52’’ 6 39º21’06’’ 62º04’52’’ 7 39º21’06’’ 62º18’58’’ 8 39º04’54’’ 62º18’58’’ 9 39º04’54’’ 61º50’46’’ 10 39º10’18’’ 61º50’46’’ 11 39º10’18’’ 61º36’40’’ 12 38º59’30’’ 61º36’40’’  Superficie (Km2) aproximada 40.000Art. 2.– Redúcese el 47% (cuarenta y siete por ciento) el porcentaje establecido en el art. 56, inc. c), ap. VI de la ley 17319 durante los 10 (diez) años siguientes a la respectiva adjudicación, en favor de quienes en el plazo y condiciones fijados por el art. 103 de la citada ley, obtengan permisos de exploración y concesiones de explotación que sean consecuencia de dichos permisos, dentro de las zonas delimitadas en el art. 1 del presente decreto.Art. 3.– La autoridad de aplicación de la ley 17319 procederá asimismo a realizar concursos destinados a adjudicar permisos de exploración de hidrocarburos con sujeción a las disposiciones de la citada ley, en la siguiente zona del territorio que se delimita en el plano anexo que forma parte del presente decreto:ZONA 3 RÍO SALADO   Coordenadas Geográficas Punto Latitud Longitud 1 35º29’47’’ 57º13’15’’ 2 35º35’11’’ 57º13’15’’ 3 35º35’11’’ 57º20’00’’ 4 36º12’59’’ 57º20’00’’ 5 36º12’59’’ 57º13’15’’ 6 36º18’23’’ 57º13’15’’ 7 36º18’23’’ 56º42’53’’ 8 Línea de la más baja marea 56º42’53’’ 9 37º06’59’’ Línea de la más baja marea 10 37º06’59’’ 56º59’45’’ 11 37º17’47’’ 56º59’45’’ 12 37º17’47’’ 57º03’07’’ 13 37º23’11’’ 57º03’07’’ 14 37º23’11’’ 58º00’30’’ 15 35º29’47’’ 58º00’30’’  Superficie (Km2) aproximada 18.700Art. 4.– Redúcese al 50% (cincuenta por ciento) el porcentaje establecido en el art. 56 , inc. c), ap. VI de la ley 17319 durante los 10 (diez) años siguientes a la respectiva adjudicación, en favor de quienes en el plazo y condiciones fijados por el art. 103 de la citada ley, obtengan permisos de exploración y concesiones de explotación que sean consecuencia de dichos permisos, dentro de la zona delimitada en el art. 3 del presente decreto.Art. 5.– Los pliegos de bases y condiciones para los concursos a que se refiere el presente decreto se ajustarán a lo dispuesto en el art. 47 de la ley 17319 y serán confeccionados por la autoridad de aplicación, a la que se autoriza para incluir en dichos pliegos y, en los permisos y concesiones que se adjudiquen las cláusulas que autoriza el art. 86 de la citada ley.Art. 6.– El presente decreto será refrendado por el ministro de Economía y Trabajo y firmado por el secretario de Estado de Energía y Minería y el comandante de Operaciones Navales.Art. 7.– Comuníquese, etc.Onganía – Krieger Vasena – Lanusse – Gotelli – Varela  --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0020-00-09 19:04:13 Post date GMT: 0020-00-09 19:04:13 Post modified date: 0020-00-09 19:04:13 Post modified date GMT: 0020-00-09 19:04:13 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com