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Legislación Nacionalvar disURL = '1299656/1299921/de_60_1999.htm' ;document.write("");]]> DECRETO 60/1999 OBRAS SOCIALES Financiamiento de las obras sociales del Sistema Nacional del Seguro de Salud. Método de composición de ajuste de cada grupo familiar. Suspensión del 29/01/1999; publ. 01/02/1999 Visto las leyes 23660 , 23661 y los decretos 576/1993 del 1 de abril de 1993, 292/1995 del 14 de agosto de 1995, 492/1995 del 22 de septiembre de 1995, 504/1998 del 12 de mayo de 1998 y 1359/1998 del 24 de noviembre de 1998; y Considerando: Que a través del decreto 492/1995 se estableció un mecanismo de distribución de los recursos para el financiamiento de las obras sociales del Sistema Nacional del Seguro de Salud. Que por el decreto 1359/1998 se dejó de lado el sistema de compensación de suma fija por beneficiario titular para adoptarse un método de ajuste por composición de cada grupo familiar. Que el escenario tenido en mira para ese cambio de modalidad ha variado sustancialmente, a raíz de las crisis sufridas por algunas economías externas cuya repercusión debe ser evaluada para la medición de sus posibles impactos en la economía local. Que a esas circunstancias, deben agregarse las potenciales reformas al régimen laboral vigente, que incluyen rebajas de aportes patronales y otras modificaciones que pueden afectar la recaudación, y generar consecuencias desfavorables para el sistema. Que en virtud de lo expuesto, mientras se mantenga el estado actual de situación y se haya efectuado el referido análisis, resulta conveniente suspender la aplicación del mecanismo de distribución previsto por el decreto 1359/1998 . Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud y Acción Social ha tomado la intervención de su competencia. Que el presente se dicta de conformidad con lo dispuesto por el art. 99 , incs. 1 y 2 de la Constitución Nacional. Por ello, El presidente de la Nación Argentina decreta: Art. 1.– Suspéndese la vigencia del decreto 1359 de fecha 24 de noviembre de 1998. Art. 2.– Comuníquese, etc. Menem - Rodríguez - Mazza - Fernández |
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