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Legislación NacionalDECRETO 657/1994 CONSTITUCIÓN NACIONAL Convencionales constituyentes. Convocatoria. Sesiones ordinarias del 29/4/1994; publ. 4/5/1994 Visto la ley 24309 que declara la necesidad de la reforma de la Constitución Nacional de 1853, con las reformas de 1860, 1898 y 1957, y Considerando: Que se hace necesario dictar la medida que fije una fecha cierta de convocatoria de la Convención Constituyente que tratará la reforma aludida en el Visto. Que, de esa manera, se da cumplimiento a las previsiones del art. 12 de la citada ley, que fija un plazo de convocatoria dentro de los sesenta (60) días posteriores a las elecciones generales a que hace mención su art. 8 . Que el art. 13 de la premencionada ley prevé la aplicación del Reglamento Interno de la Cámara de Diputados de la Nación, para el funcionamiento de la aludida Convención Constituyente. Que la entidad del evento de que se trata hace conveniente fijar el día 25 de mayo de 1994 como fecha inaugural de las sesiones ordinarias de la Convención Constituyente dotando, de esta manera, a dicho acto de la solemnidad y trascendencia que evoca un nuevo aniversario de esa fecha patria. Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las facultades conferidas por el art. 86 , inc. 2 de la Constitución Nacional en cuanto establece como prerrogativa del Poder Ejecutivo Nacional la de expedir las instrucciones necesarias para la ejecución de las leyes de la Nación. Por ello, El presidente de la Nación Argentina decreta: Art. 1. Convócase a los Convencionales Constituyentes, que resultaron electos en los comicios del 10 de abril de 1994, para que se reúnan en sesiones en la ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos, a partir del día 25 de mayo de 1994, a las 9 horas. Art. 2. Solicítase al Poder Ejecutivo de la provincia de Entre Ríos la disposición de todos los actos necesarios que posibiliten la materialización de la convocatoria realizada en el artículo anterior. Art. 3. Comuníquese, etc. Menem Ruckauf |
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