|
This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales
[ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date: Sun May 10 7:59:18 2026 / +0000 GMT |
Legislación NacionalDECRETO 6911/1957 OBRAS PÚBLICAS Banco Industrial. Reparaciones en su casa central y sucursales. Delegación de facultades del 24/6/1957; publ. 26/7/1957 Visto el expte. 40.917/57 del registro del Ministerio de Obras Públicas, por el que el Banco Industrial de la República Argentina recaba la delegación de facultades que prescribe el art. 2 de la Ley de Obras Públicas 13064; Considerando: Que la mejor atención de los fondos destinados a las obras que construyen los organismos dependientes del Ministerio de Hacienda de la Nación requiere la delegación en los mismos de las facultades y obligaciones que establece la mencionada ley; Que con ello se facilitarán y agilizarán en forma considerable los trámites administrativos que competen a dichos organismos, en materia de Obras Públicas; Por ello, El presidente provisional de la Nación Argentina decreta: Art. 1. Deléganse en el Banco Industrial de la República Argentina las facultades y obligaciones a que se refiere el art. 2 , cap. I, de la ley 13064, a los efectos de que pueda ejecutar, exclusivamente, las obras destinadas a la reparación y conservación de los edificios de su casa central y sucursales. Art. 2. Déjase establecido que las facultades y obligaciones delegadas por el art. 1 regirán mientras esté en vigencia el Gobierno provisional de la Nación. Art. 3. El presente decreto será refrendado por los ministros secretarios de Estado en los departamentos de Obras Públicas y de Hacienda. Art. 4. Comuníquese, etc. Aramburu Mendiondo Krieger Vasena
|
| Powered by [ Universal Post Manager ] plugin. HTML saving format developed by gVectors Team www.gVectors.com |