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Legislación NacionalDECRETO 758/2000 SALUD PÚBLICA CONTRATACIONES DEL ESTADO Adquisición de vacunas. Mecanismo de compra de la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud. Utilización. Autorización del 30/08/2000; publ. 04/09/2000 Visto el expte. 200-10729/00-0 del registro del Ministerio de Salud, y Considerando: Que por dichos actuados la Subsecretaría de Programas de Prevención y Promoción solicita con carácter de urgencia la adquisición de 350.000 dosis de vacuna Triple Viral Bacteriana (D.P.T.) y 350.000 dosis de vacuna Antihaerophillus B (H.I.B.). Que la necesidad de esta adquisición radica en el hecho que habiéndose gestionado la compra de 1.500.000 dosis de vacuna Cuádruple (D.P.T. + H.I.B.) por expte. 200-4/00 - 8, Licitación Pública 9/2000, el único oferente y adjudicatario de la misma (Instituto Merieux Argentina S A.) compromete su entrega a partir de noviembre de 2000, en tramos parciales de 500.000 dosis, hasta completar la entrega en diciembre de 2000. Que asimismo técnicamente resulta imprescindible contar con dicho biológico, atento que la citada vacuna aplicada a los 2, 4, 6 y 18 meses de edad, provee inmunidad a los niños, contra la difteria, tétanos, tos convulsa y meningitis por haemophillus B, aclarándose que la vacunación es la intervención de mayor costo-efectividad en el arsenal preventivo del que dispone la medicina. Que no contando en la actualidad con stock, ante el prolongado período de promisión de la vacuna cuádruple bacteriana (D.P.T. + H.I.B.) y habiéndose constatado la no existencia de stock en la otra empresa productora (Smith Kline Beacham), así como tramitaciones realizadas a través de la Organización Mundial de la Salud para obtener, por intermedio de los países miembros, estos insumos en préstamo, con resultado negativo, obliga a implementar un sistema alternativo de contratación. Que la Organización Panamericana de la Salud - Organización Mundial de la Salud O.P.S. - O.M.S., presenta facturas proforma, presupuestando las vacunas triple bacteriana (D.P.T.) y antihaemophillus B (H.I.B.), con indicaciones en idioma inglés. Que la Organización Panamericana de la Salud (O.P.S.) cuenta con un Fondo Rotatorio del Programa Ampliado de Inmunizaciones. Que es propósito de la Organización Panamericana de la Salud (O.P.S.) proporcionar a los países miembros participantes un medio para lograr el abastecimiento constante y uniforme de las vacunas que contribuyen a la eliminación de enfermedades inmunoprevenibles. Que la Organización Panamericana de la Salud (O.P.S.), Oficina Regional de la Organización Mundial de la Salud (O.M.S.) en el hemisferio occidental, es un organismo especializado que cuenta con reconocida competencia y amplia experiencia en la prestación de servicios de cooperación técnica orientados a promover la salud y el bienestar de la población de sus países miembros. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud ha tomado la intervención de su competencia. Que el presente decreto se dicta en ejercicio de las atribuciones que emanan del art. 99 , inc. 1 de la Constitución Nacional, del art. 61 de la Ley de Contabilidad (decreto ley 23354 de fecha 31 de diciembre de 1956, ratificado por la ley 14467 ), vigente en función de lo establecido por el art. 137 , inc. a) de la ley 24156 y el art. 2 in fine del decreto 436/2000. Por ello, El presidente de la Nación Argentina decreta: Art. 1.– Autorízase al Ministerio de Salud a utilizar el mecanismo de compra a disposición de los Estados Miembros de la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud (O.P.S. - O.M.S.), establecido en el Fondo Rotatorio para el Programa Ampliado de Inmunizaciones, con el objeto de adquirir 350.000 dosis de vacuna Triple Viral Bacteriana (D.P.T.) y 350.000 dosis de vacuna Antihaerophillus B (H.I.B.), del mismo modo a distribuir los biológicos adquiridos con indicaciones en idioma inglés. Art. 2.– Comuníquese, etc. De la Rúa - Lombardo |
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