|
This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales
[ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date: Sat May 9 1:57:35 2026 / +0000 GMT |
Legislación NacionalDecreto 1904/2004 GENDARMERIA NACIONAL PODER EJECUTIVO NACIONAL Danse por designados docentes civiles suplentes en la citada fuerza de seguridad, dependiente del Ministerio del Interior. Bs.As., 22/12/2004 VISTO el Expediente N° AG 34015/42/2003 del registro de la GENDARMERIA NACIONAL, y CONSIDERANDO: Que para asegurar la continuidad de las actividades educativas en GENDARMERIA NACIONAL resultó necesario nombrar al personal docente civil suplente en cargos cuya prestación resulta indispensable para el cumplimiento de los diversos objetivos asignados a ese organismo. Que dicha actividad fue desarrollada satisfactoriamente hasta la fecha por el personal cuya designación se propone, quienes reúnen los requisitos necesarios para el cumplimiento de las tareas que en cada caso se indican. Que las designaciones contempladas en la medida se refieren a personal suplente no al frente de alumnos por lo que no se encuentran alcanzados por los extremos del artículo 4° del Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002, correspondiendo que sean dispuestas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL. Que asimismo las designaciones propuestas se han efectuado de acuerdo a lo establecido por el artículo 14, inciso 2, de la Reglamentación aprobada por el Decreto N° 4451 del 15 de mayo de 1973. Que han tomado la intervención que le compete la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de GENDARMERIA NACIONAL y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 y el Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: ARTICULO 1° Danse por designados, a partir del 1° de enero de 2004 en GENDARMERIA NACIONAL, dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR, como docentes civiles suplentes, a quienes integran la nómina de personal que se menciona en la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante del presente decreto, conforme a las condiciones y plazos que se consignan en dicho anexo y de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 17.409, sus modificatorias y su reglamentación aprobada por el Decreto N° 4451 del 15 de mayo de 1973. ARTICULO 2° El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a los créditos de las partidas asignadas a GENDARMERIA NACIONAL del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004. ARTICULO 3° Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Aníbal D.Fernández. |
| Powered by [ Universal Post Manager ] plugin. HTML saving format developed by gVectors Team www.gVectors.com |