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Legislación Nacional


Decreto 1933/2004

COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
PODER EJECUTIVO NACIONAL


Dase por prorrogada la designación transitoria de Director de Planes y Gestión de la Dirección Nacional de Planeamiento y Desarrollo del citado Comité, dependiente de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación.

Bs.As., 28/12/2004
VISTO la Ley N° 25.827 y los Decretos N° 491 del 12 de marzo de 2002 y N° 539 del 30 de abril de 2004, el Expediente N° 409COMFER/04 y lo propuesto por el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, dependiente de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y CONSIDERANDO:

Que por la citada Ley se aprobó el presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio del año 2004.

Que el artículo 7° de la mencionada ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la presente ley, ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de las disposiciones del artículo 14 de la citada norma legal.

Que mediante el Decreto N° 491/2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada o descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto N° 539/2004, se ha designado transitoriamente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al Ingeniero Osvaldo Enrique PARODI (L.E.N° 6.024.551), en el cargo de Director de Planes y Gestión de la Dirección Nacional de Planeamiento y Desarrollo, Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel II, del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, dependiente de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que el citado cargo debía ser cubierto dentro del término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir de la designación transitoria y conforme el proceso de selección previsto en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, aprobado por el Decreto N° 993/91 (T.O.1995).

Que razones operativas hacen necesario prorrogar la designación transitoria del mencionado funcionario.

Que tal requerimiento implica resolver la prórroga de la designación mediante una excepción a lo previsto en el artículo 7° de la Ley N° 25.827 y a lo establecido en los Títulos III, Capítulo III; y VI, artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo l del Decreto N° 993/91 (T.O.1995) y a lo dispuesto por el artículo 5°, inciso f) del Anexo de la Ley N° 25.164.

Que el citado funcionario se encuentra actualmente desempeñando funciones en el referido cargo.

Que la designación no implica asignación de recurso extraordinario alguno, toda vez que en el presente ejercicio presupuestario el cargo se encuentra financiado y existen previsiones presupuestarias para atender las erogaciones en cuestión.

Que la Dirección General de Asuntos Legales y Normativa del citado organismo, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1° y 7° de la CONSTITUCION NACIONAL y de las facultades conferidas por los artículos 7° y 14 de la Ley N° 25.827 y por el artículo 1° del Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1° — Dase por prorrogada, la designación transitoria como Director de Planes y Gestión de la Dirección Nacional de Planeamiento y Desarrollo del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, dependiente de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel II, del Ingeniero Osvaldo Enrique PARODI (L.E.N° 6.024.551), a partir del vencimiento del término establecido en los artículos 1° y 3° del Decreto N° 539/2004 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.

ARTICULO 2° — La prórroga de la designación del cargo aludido se dispone con carácter de excepción a lo previsto en el artículo 7° de la Ley N° 25.827 y a lo establecido en los Títulos III, Capítulo III; y VI, artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo l del Decreto N° 993/91 (T.O.1995), y a lo dispuesto por el artículo 5°, inciso f) del Anexo de la Ley N° 25.164.

ARTICULO 3° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA Decreto N° 993/91 (t.o.1995), en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir de su vencimiento.

ARTICULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias del presupuesto del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION – Entidad 102.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Aníbal D.Fernández.
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