This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Fri May 8 1:31:24 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional --------------------------------------------------- DECRETO 925/2001SERVICIO EXTERIORSEGURIDAD SOCIALRegímenes Diferenciales (y/o Especiales). OtrosFuncionarios del Servicio Exterior. Régimen de jubilaciones y pensiones. Causas judiciales donde se plantea su vigencia. Allanamiento. Autorización a representantes del Estado Nacionaldel 19/7/2001; publ. 24/7/2001Visto el expediente 023675/2001 del registro del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, yConsiderando:Que en dichas actuaciones se hace referencia a la situación habida en esa Cartera de Estado como consecuencia de las demandas entabladas por funcionarios del Servicio Exterior de la Nación mediante las cuales se ha planteado la inconstitucionalidad del decreto 78/1994 y, consecuentemente, la vigencia del Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios del Servicio Exterior de la Nación, aprobado por la ley 22731 .Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto da cuenta de dos pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en autos: “Ras Fernando Luis c/Estado Nacional s/empleo público” y “Renom Guillermo Héctor c/Estado Nacional s/empleo público”, en los cuales se resolvió respecto de la inconstitucionalidad del decreto 78/1994 y consecuente vigencia de la ley 22731 y solicita por ende, autorización para allanarse en los juicios en los que se ventile idéntica pretensión.Que a tal fin se solicitó la opinión de la Procuración del Tesoro de la Nación, quien consideró que “La altísima probabilidad de un resultado judicial adverso al Estado, dada por existir posición sentada por nuestro más Alto Tribunal, hace altamente aconsejable el allanamiento del Estado en esos casos, a fin de evitar el dispendio jurisdiccional y mayores gastos derivados de los procesos judiciales”.Que por otra parte el citado organismo asesor también consideró que si bien el decreto 411/1980 (T.O. 1987) faculta al señor Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto a designar a los representantes del Estado Nacional en juicio y a autorizarlos, entre otras cosas, a formular allanamientos, la relevancia del caso amerita que se lo haga por decreto del Poder Ejecutivo Nacional.Que corresponde en consecuencia autorizar a los representantes del Estado Nacional a allanarse en todas aquellas causas judiciales en las que los demandantes plantean la inconstitucionalidad del decreto 78/1994 y la consecuente vigencia del Régimen Jubilatorio aprobado por la ley 22731 .Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto ha tomado la intervención que le compete.Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el art. 99 inc. 1 de la Constitución Nacional.Por ello, El presidente de la Nación Argentina decreta:Art. 1.– Autorízase a los representantes del Estado Nacional a allanarse en todas las causas judiciales en las que los demandantes planteen la inconstitucionalidad del decreto 78/1994 y la consecuente vigencia del Régimen Jubilatorio aprobado por la ley 22731 .Art. 2.– Comuníquese, etc.De la Rúa – Rodríguez GiavariniReferencias: Const. Nac.: 199-A-26 – L 22.731: 19-A-14 – D 78/1994: 19-A-108. --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0020-00-09 19:17:52 Post date GMT: 0020-00-09 19:17:52 Post modified date: 0020-00-09 19:17:52 Post modified date GMT: 0020-00-09 19:17:52 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com