|
This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales
[ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date: Tue May 12 4:59:23 2026 / +0000 GMT |
Legislación NacionalDECRETO 934/1982 SANIDAD VEGETAL AGRICULTURA Y GANADERÍA Productos agrícolas. Comercialización. Sanidad y calidad. Certificación. Modificación del 7/5/1982; publ. 19/5/1982 Visto el expte. 1.504/82, el decreto 2712/1979 y atento a lo propuesto por la Secretaría de Agricultura y Ganadería, y Considerando: Que debe contemplarse la situación de las empresas productoras y comercializadoras de productos agrícolas y subproductos de su industrialización primaria, que cuentan con el asesoramiento técnico de profesionales ingenieros agrónomos. Que un apreciable número de ellas, a raíz de la evolución operada en concordancia con el incremento de los volúmenes de producción colocados tanto en el mercado interno como externo y con las exigencias de sanidad y calidad de los mismos, han contratado a dichos profesionales para los fines señalados en el párrafo anterior. Que en defensa de la economía de las citadas empresas y por ende de la producción agrícola y, no existiendo ninguna razón legal que lo impida, corresponde permitir a los ingenieros agrónomos que se encuentran actuando en relación de dependencia, su intervención en la certificación de la sanidad y calidad de los mencionados productos. Por ello, El presidente de la Nación Argentina decreta: Art. 1.– Modifícase el art. 2 del decreto 2712 de fecha 23 de octubre de 1979, el que quedará redactado de la siguiente manera: Art. 2.- En las circunstancias que la Dirección Nacional de Fiscalización y Comercialización Agrícola determine, la misma podrá recabar un certificado expedido por laboratorios privados o por profesional universitario ingeniero agrónomo, inscriptos en los registros que al efecto se creen, que asevere, en oportunidad de su despacho a los lugares de destino, el contenido de residuos nocivos y/o la sanidad y calidad de los productos y subproductos de su industrialización primaria. Art. 2.– Comuníquese, etc. Galtieri - Alemann |
| Powered by [ Universal Post Manager ] plugin. HTML saving format developed by gVectors Team www.gVectors.com |