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Legislación Nacional


DECRETO 959/2003

VIALIDAD

Órgano de Control de Concesiones Viales. Isólogos autorizados por el I.R.A.M. Utilización en su papelería oficial. Autorización

del 24/4/2003; publ. 25/4/2003

Visto el expte. 2664/2002 del registro del Órgano de Control de Concesiones Viales, organismo descentralizado que funciona en el ámbito de la Secretaría de Obras Públicas de la Presidencia de la Nación, el decreto 1994 de fecha 23 de setiembre de 1993, el decreto 87 de fecha 25 de enero de 2001, y

Considerando:

Que es interés del Gobierno Nacional impulsar procesos de modernización de la función pública tendientes a lograr un real aumento de la eficacia y de la productividad en la Administración Pública nacional.

Que el Órgano de Control de Concesiones Viales, organismo descentralizado de la Administración Pública nacional, que funciona en el ámbito de la Secretaría de Obras Públicas de la Presidencia de la Nación, decidió implementar un Sistema de Gestión de la Calidad.

Que el Órgano de Control de Concesiones Viales, dictó la resolución 170 de fecha 28 de junio del 2002, en virtud de la cual se aprobó la asistencia técnica de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Buenos Aires, para el desarrollo e implementación del Sistema de Gestión de la Calidad bajo Normas I.S.O. 9001:2000.

Que con fecha 21 de enero de 2003 el Órgano de Control de Concesiones Viales ha obtenido la certificación internacional de la calidad de acuerdo a estándares de la Norma I.S.O. 9001/2000 por parte del I.R.A.M. (Instituto Argentino de Normalización), miembro de IQNet (International Certification Network), de I.S.O. (International Organization for Standardization) y de Co.Pa.N.T. (Comisión Panamericana de Normas Técnicas).

Que el significativo logro tiene mayor relevancia por cuanto el Órgano de Control de Concesiones Viales es el primer organismo de la Administración Pública nacional que ha certificado la calidad de sus prestaciones de acuerdo a los estándares de la Norma I.S.O. 9001:2000, para “todas las actividades y procesos de control y auditoría de orden técnico, económico-financiero, legal y de atención al usuario que realiza el organismo en los accesos a la ciudad de Buenos Aires, rutas y puentes concesionados por el Estado nacional”.

Que es importante rescatar, incorporar y potenciar las iniciativas desarrolladas para mejorar la calidad en la prestación de los servicios a los ciudadanos favoreciendo su posterior difusión pública.

Que resulta conveniente compartir las experiencias exitosas en cuanto a la gestión de los organismos públicos a fin de propender a un mejoramiento general en el desempeño del Estado.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, en virtud de la resolución de la Procuración del Tesoro de la Nación 19 de fecha 12 de enero de 2002.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el art. 99 , inc. 1, de la Constitución Nacional.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Autorízase al Órgano de Control de Concesiones Viales, organismo descentralizado que funciona en el ámbito de la Secretaría de Obras Públicas de la Presidencia de la Nación, la utilización en toda su papelería oficial, en el margen superior derecho y/o en el margen inferior, de los isólogos autorizados por el I.R.A.M. Instituto Argentino de Normalización, así como la mención del alcance de dicha certificación, en reconocimiento por haber obtenido la certificación internacional de su Sistema de Gestión de la Calidad, de acuerdo a los estándares de la Norma I.S.O. 9001:2000.

Art. 2.– Comuníquese, etc.

Duhalde – Lavagna

 

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