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Legislación NacionalDECRETO 993/2000 INTERVENCIÓN FEDERAL Provincia de Corrientes. Intervención federal. Tribunal de enjuiciamiento de magistrados. Veto parcial del 30/10/2000; publ. 01/11/2000 Visto el proyecto de ley 25343 sancionado por el Honorable Congreso de la Nación el 11/10/2000, y Considerando: Que mediante el proyecto de ley citado en el visto se prorroga la intervención a la provincia de Corrientes declara por ley 25236 y prorrogada por decreto 480/2000 , hasta el 10/12/2001. Que el art. 4 del proyecto de ley establece que el Interventor Federal deberá constituir un tribunal de enjuiciamiento de magistrados para la remoción de los funcionarios susceptibles de juicio político según la Constitución Provincial. Dicho tribunal deberá estar integrado por tres (3) representantes del Consejo de Magistrados de la provincia, tres (3) representantes de la Federación de Colegios de Abogados de la provincia y un (1) representante del Poder Ejecutivo Provincial, debiendo el Poder Ejecutivo Provincial dictar la reglamentación pertinente. Que la norma del art. 4 , al reglamentar la forma de actuación de la intervención, en lo concerniente a las atribuciones de los poderes locales, constituye una injerencia del Poder Legislativo Nacional sobre facultades propias del Poder Legislativo Provincial que actualmente ejerce el Interventor Federal. Que la presente medida no altera el espíritu ni la unidad del proyecto de ley sancionado por el Honorable Congreso de la Nación. Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el art. 80 de la Constitución Nacional. Por ello, El Presidente de la Nación Argentina en acuerdo general de ministros decreta: Art. 1.– Obsérvase el art. 4 del proyecto de ley registrado bajo número 25343. Art. 2.– Con la salvedad establecida en el artículo anterior cúmplase, promúlgase y téngase por ley de la nación el proyecto de ley registrado bajo el número 25343 . Art. 3.– Dése cuenta al Honorable Congreso de la Nación. Art. 4.– Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. De La Rúa - Colombo - Storani - Bullrich - Fernández - Lombardo - Rodríguez Giavarini - De La Rúa - Fernández Meijide - López Murphy - Machinea |
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