This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Tue May 12 17:32:23 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional --------------------------------------------------- DECRETO NACIONAL 1171/2000DECRETO NACIONAL 1171/2000DECRETO REGLAMENTARIO DE LA LEY DE REFORMA LABORAL.BUENOS AIRES, 11 DE DICIEMBRE DE 2000BOLETIN OFICIAL, 14 DE DICIEMBRE DE 2000  VISTOel artículo 18 de la Ley N. 25.250, yReferencias Normativas: LEY 25.250 Art.18CONSIDERANDOQue tradicionalmente las empresas argentinas en cumplimiento delos requisitos exigidos por la Ley y los estatutos de lasmismas, han elaborado y entregado los resultados que se refierena la labor administrativa y financiera, quedando los mismosplasmados en informes y balances anuales.Que por su parte la ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO (O.I.T.)ha estudiado no sólo los modelos y patrones de Balance Socialdesarrollados por diversos países, sino también los reglamentos yleyes emanados de las autoridades públicas a ese respecto.Que la opinión reiterada de la O.I.T. expresada en Convenios yRecomendaciones, sostiene principios que hoy son recogidos en estedecreto reglamentario.Que, especialmente, las Recomendaciones Nros. 94/52 y 129/67 sobrelas Comunicaciones, la Consulta y la Colaboración en el ámbito dela empresa tienen directa vinculación con el Balance Social.Que en las consideraciones generales de la Recomendación N. 129/67de la O.I.T. se expresa con claridad que: "Tanto los empleadores ysus organizaciones como los trabajadores y sus organizacionesdeberían, en su interés común, reconocer la importancia que tiene,dentro de la empresa, un clima de comprensión y confianza mutuafavorable tanto para la eficacia de la empresa como para lasaspiraciones de los trabajadores".Que una empresa está diseñada y organizada en torno a un sistema deproducción, con objetivos de progreso.Que la producción de riquezas y la generación de utilidades es lagarantía necesaria para el crecimiento y la búsqueda de su objetivoeconómico.Que estos objetivos deben de contemplar también a la empresa comoun sistema de interacciones sociales internas y externas.Que es necesario contemplar como hecho trascendente que en el mundode la empresa se desarrollan relaciones entre seres humanos.Que la empresa desarrolla su objetivo social a través de larelación entre personas y entre grupos, por lo cual su objetivoeconómico debe realizarse en un contexto de desarrollo integral,que permita el crecimiento tanto de la organización como del hombreque la integra.Que, por ello, desde hace varios años se estudia la necesidad decontar con un instrumento de información que hoy se plasma en elBalance Social como una técnica de evaluación periódica ysistemática de los recursos humanos de la empresa y de laproyección de ésta en la comunidad.Que los objetivos del Balance Social son: 1) realizar eldiagnóstico de la gestión empresVerdana en un período determinado,permitiendo la posibilidad de redefinir políticas, establecerprogramas y evaluar la efectividad de las inversiones sociales, conmiras a la promoción de los trabajadores y de la sociedad; 2)disponer de la información de la empresa y de sus trabajadores asícomo de los sectores que se vinculan comercial o productivamentecon su actividad; y 3) facilitar el intercambio de la informaciónnecesaria y suficiente a los fines del análisis de las cuestionesen debate con el objeto de entablar una discusión fundada en datosobjetivos y negociar de buena fe, a fin de permitir alcanzaracuerdos equilibrados en la negociación colectiva.Que el servicio jurídico del Ministerio de origen ha tomado laintervención que le compete.Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas porel artículo 99, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.Por ello,EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINADECRETA:Artículo 1Artículo 1 - Las empresas con más de QUINIENTOS (500) trabajadoresdependientes, están obligadas a elaborar y entregar anualmente alsindicato con personería gremial, signatario de la convencióncolectiva de trabajo que le sea aplicable, un documento únicodenominado Balance Social, en el que estarán incorporadas lasprincipales informaciones que permitan apreciar la situación decada empresa o del establecimiento, según el caso, en el camposocial y evaluar las realizaciones y cambios registrados.Las empresas que empleen más de QUINIENTOS (500) trabajadoresdistribuidos en varios establecimientos, deberán elaborar unBalance Social único, si la convención colectiva aplicable fuese deactividad o tuviesen un único convenio colectivo de empresa. Parael caso que la misma empresa sea suscriptora de más de un conveniocolectivo de trabajo, deberá elaborar un BALANCE SOCIAL en cadacaso, cualquiera sea el número de trabajadores comprendidos.Artículo 2Art. 2 - El Balance Social incluirá, como mínimo, la informaciónsobre el empleo, las remuneraciones, cargas sociales y demáselementos integrantes de la base de cálculo del costo laboral, lascondiciones de higiene y seguridad de la empresa o de losestablecimientos, los planes referidos a la formación ycapacitación, y todo lo relativo a las relaciones profesionales.Asimismo, deberá contener información referida a programas y/oplanes que prevean innovaciones tecnológicas y organizacionales quesignifiquen o puedan significar modificaciones respecto de lasdotaciones de personal y/o el traslado total o parcial de lasinstalaciones. La información sobre el empleo, deberá incluir lasdistintas modalidades contractuales, así como también el detalle delas altas y bajas producidas en el período indicado.Artículo 3Art. 3.- El Balance Social deberá cerrarse al 30 de abril de cada año.Artículo 4Art. 4.- El primer Balance Social de cada empresa o establecimientocorresponderá al año siguiente al que registró la cantidad mínimade trabajadores legalmente exigida.Artículo 5Art. 5 - El MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOSHUMANOS queda facultado para dictar las normas complementarias yde aplicación del presente decreto.Artículo 6Art. 6 - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese.FIRMANTESDE LA RUA-Colombo-Bullrich-Machinea --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0020-00-09 19:24:36 Post date GMT: 0020-00-09 19:24:36 Post modified date: 0020-00-09 19:24:36 Post modified date GMT: 0020-00-09 19:24:36 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com