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Legislación NacionalDecreto 2038/2004 DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES PODER EJECUTIVO NACIONAL Desígnase con carácter transitorio en la Planta Permanente, Jefe de la Oficina Migratoria de Villa La Angostura, dependiente de la delegación Bariloche, en el ámbito de la citada Dirección. Bs.As., 31/12/2004 VISTO el Expediente N° 3094/2004 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley N° 25.827, el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzon de 2002, y CONSIDERANDO: Que el artículo 7° de la Ley citada en el VISTO establece que las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes al 1° de enero del corriente año ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del artículo 14 de la mencionada ley. Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada o descentralizada, en cargos de planta permanente o no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente. Que en el ámbito de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, se ha iniciado un proceso de reorganización interna que procura lograr, entre otros objetivos, un fuerte incremento en la calidad de los servicios de control migratorio. Que en consecuencia, resulta necesario proceder a autorizar la cobertura de UN (1) cargo vacante existente en la Planta de Personal Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES exceptuándola a tal efecto de lo establecido en el artículo 7° de la referida ley y de lo dispuesto por el Título III, Capítulo I y II del Anexo I del Decreto N° 993/ 91 (T.O.1995). Que el agente que se designe se destinará a cubrir el cargo de Jefe de la Oficina Migratoria de Villa La Angostura dependiente de la DELEGACION BARILOCHE de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, el que se halla vacante. Que se ha dado cumplimiento a los establecido en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION. Que la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES cuenta con el crédito presupuestario necesario para la cobertura del mencionado cargo. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso 1 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos 7° y 14 de la Ley N° 25.827 y a tenor de lo establecido por el Decreto N° 491/02. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: ARTICULO 1° Desígnase con carácter transitorio en un cargo de la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, Nivel C, Grado 0 del escalafón del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SINAPA) aprobado por el Decreto N° 993/91 (T.O.1995), a Don Eulalio Raúl HERRERA (D.N.I.N° 7.783.411) con carácter de excepción a lo establecido por el Título III, Capítulos I y II del Anexo I al Decreto N° 993/91 (T.O.1995) y a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 25.827. ARTICULO 2° El cargo involucrado, correspondiente al de Jefe de la Oficina Migratoria de Villa La Angostura dependiente de la DELEGACION BARILOCHE de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SINAPA) aprobado por Decreto N° 993/91 (T.O.1995) en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados desde la notificación de la respectiva designación transitoria. ARTICULO 3° El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente para el Ejercicio Financiero 2004 asignadas a las Jurisdicción 30 MINISTERIO DEL INTERIOR O.D.201 DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES. ARTICULO 4° Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Aníbal D.Fernández. |
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