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Legislación NacionalDecreto 2071/2004 COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION PODER EJECUTIVO NACIONAL Danse por prorrogadas designaciones en la Planta no Permanente de Personal Transitorio del citado organismo descentralizado dependiente de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación. Bs.As., 31/12/2004 VISTO la Ley Nº 25.827, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, sus modificatorios y complementarios, la Resolución Nº 24 COMFER/03, y lo solicitado por el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION y el Expediente Nº 1529COMFER/03, y CONSIDERANDO: Que por la mencionada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Pública Nacional para el ejercicio 2004. Que el Decreto Nº 1678/02, aprobatorio de la estructura organizativa del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, contempla una Planta no Permanente de Personal Transitorio cuya cobertura debe ser prorrogada anualmente. Que por el Decreto Nº 491/02, se dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente. Que mediante la Resolución Nº 24COMFER, de fecha 9 de enero de 2003, se prorrogaron las designaciones de la Planta aludida durante el ejercicio 2003, acto administrativo dictado mediando incompetencia en razón de grado, en virtud de lo dispuesto por el decreto citado en el considerando anterior. Que en razón de lo expuesto corresponde proceder al saneamiento de dicho acto administrativo, mediante su ratificación, conforme lo establecido en el artículo 19, inciso a), de la Ley 19.549. Que, asimismo el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION ha elevado una propuesta de prórroga de las designaciones en la Planta no Permanente de Personal Transitorio para el presente ejercicio presupuestario, teniendo en cuenta que la continuidad de la prestación de servicios del personal de dicha planta, resulta indispensable para el cumplimiento de diversos objetivos asignados a ese organismo. Que el personal involucrado en la medida que se tramita, se encuentra exceptuado de las disposiciones del artículo 6º del Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002. Que los cargos de la citada Planta no Permanente de Personal Transitorio, se encuentran debidamente financiados en el presupuesto del corriente ejercicio. Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Legales y Normativa del organismo de origen. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL; 19, inciso a) de la Ley Nº 19.549 y 1º del Decreto Nº 491/02. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: ARTICULO 1º Ratifícase la Resolución Nº 24COMFER, de fecha 9 de enero de 2003, cuya copia autenticada forma parte integrante del presente decreto como Anexo I, por medio de la cual se dispuso la prórroga de las designaciones de la Planta no Permanente de Personal Transitorio del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, durante el ejercicio 2003, en virtud de lo previsto en el artículo 19, inciso a), de la Ley Nº 19.549. ARTICULO 2º Dase por prorrogadas, a partir del 1º de enero de 2004 y hasta el 31 de diciembre de 2004, las designaciones en la Planta no Permanente de Personal Transitorio del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, organismo descentralizado, dependiente de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, del personal nominado en la planilla que, como Anexo II, forma parte integrante de la presente medida, en los cargos que en cada caso se indican. ARTICULO 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas presupuestarias asignadas a la Entidad 102 COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION. ARTICULO 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Aníbal D.Fernández. ANEXO I PRESIDENCIA DE LA NACION COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION Bs.As., 9/1/2003 VISTO el Decreto Nº 1678/02 de fecha 9 de septiembre de 2002 y el Expediente Nº 2480 COMFER/02, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto citado en el VISTO se aprobó la estructura organizativa del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION. Que en el Anexo llIb integrante del mencionado Decreto están contemplados los cargos de la Planta Transitoria del organismo. Que, a los fines de cumplir con las metas y objetivos que aseguren la gestión de esta Intervención, se requiere continuar con los agentes designados en la Planta Transitoria, por cuanto las tareas que desarrollan resultan necesarias y complementan el ejercicio de las competencias asignadas a las diversas unidades organizativas del organismo. Que, por otra parte, la renovación anual del personal que se desempeña en cargos de la Planta Transitoria no tipifica la calidad de vacante, pues las personas designadas continúan en el cargo con el mismo nivel asignado. Que en tal sentido el Decreto Nº 601/02 estableció en su artículo 2º que en aquellos supuestos en los cuales la asignación de funciones responden a necesidades funcionales y/o reemplazo y no generen mayor erogación podrán ser resueltas por el titular de la Jurisdicción u organismo descentralizado. Que la Dirección General de Administración, Finanzas y Recursos Humanos tomó la intervención que le compete, constatando que existen partidas específicas para atender el gasto que demande la cobertura de los cargos en la Planta Transitoria durante el ejercicio del año 2003. Que la Dirección General de Asuntos Legales y Normativa ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes de los artículos 98, inciso b), punto 6 de la Ley Nº 22.285 y sus modificatorias y 1º del Decreto Nº 94, de fecha 14 de enero de 2002. Por ello, EL INTERVENTOR EN EL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION RESUELVE: ARTICULO 1º Prorrógase la dotación de la Planta Transitoria de este Comité, conforme se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente, con las personas en los niveles y períodos que en cada caso se indica. ARTICULO 2º Los agentes nombrados en el artículo 1º, percibirán su retribución mensual que para su nivel de revista determina el Decreto Nº 993/91 y sus modificatorios, estando sujetos en cuanto concierne al desarrollo de sus tareas, a las disposiciones de la Ley de Empleo Público. ARTICULO 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas presupuestarias asignadas a la Entidad 102 COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION. ARTICULO 4º Regístrese, notifíquese y cumplido. ARCHIVESE (PERMANENTE). Sr.Carlos E.Caterbetti. |
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