Ley 25.976

FIESTAS NACIONALES
PODER LEGISLATIVO NACIONAL


Declárase a la localidad de Alcira Gigena, provincia de Córdoba, sede permanente de la “Fiesta Nacional del Productor de Maíz y la Cosecha Gruesa”.Sancionada:Diciembre 1 de 2004
Promulgada:Diciembre 28 de 2004

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.sancionan con fuerza de Ley:Fiesta Nacional del Productor de Maíz

ARTICULO 1° — Declárase a la localidad de Alcira Gigena, provincia de Córdoba, sede permanente de la “Fiesta Nacional del Productor del Maíz y la Cosecha Gruesa”, que se celebra anualmente en esa localidad, durante el mes de noviembre.

ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A UN DIA DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.

— REGISTRADA BAJO EL N° 25.976 — EDUARDO O.CAMAÑO — MARCELO A.GUINLE — Eduardo D.Rollano — Juan Estrada.

Decreto Nº 1919/2004

Bs.As., 28/12/2004 POR TANTO:Téngase por Ley de la Nación N° 25.976 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Aníbal D.Fernández.