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Legislación Nacional


Decreto 142/2006

RADIODIFUSION

Sustitúyese la asignación de frecuencia que le fuera autorizada al Arzobispado de Córdoba mediante el Decreto Nº 1905/91.

Bs.As., 8/2/2006
VISTO el expediente Nº 559/91 del registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, el Decreto Nº 1905/91, y CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones se relacionan con la implementación del Régimen de Normalización de Estaciones de Frecuencia Modulada en la provincia de CORDOBA y la planificación elaborada por la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, para la ciudad de CORDOBA a los fines de encontrar solución a las denominadas zonas de conflicto.

Que en tal sentido, el referido organismo técnico en virtud de los estudios efectuados en forma conjunta con el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, tendientes a la optimización del Plan Técnico Básico Nacional de Frecuencia Modulada, propuso la modificación del canal del servicio que le fuera autorizado en el artículo 2º del Decreto Nº 1905/91, al ARZOBISPADO DE CORDOBA por el canal 269, frecuencia 101.7 MHz.

Que la propuesta de modificación precedentemente aludida, fue oportunamente comunicada al referido AROZBISPADO.

Que el artículo 27 de la Ley Nº 22.285 y sus modificatorias dispone que se podrán variar las frecuencias y las potencias adjudicadas a los servicios de radiodifusión en caso de necesidad motivada por requerimiento del Plan Nacional de Radiodifusión.

Que por lo expuesto, corresponde proceder a la modificación de los parámetros originariamente asignados al ARZOBISPADO DE CORDOBA.

Que el servicio jurídico permanente del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION ha emitido el correspondiente dictamen.

Que el presente decreto se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 99, inciso 1º de la Constitución Nacional, y las disposiciones de los artículos 3º y 27 de la Ley Nº 22.285 y sus modificatorias.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º — Sustitúyese la asignación que le fuera autorizada al ARZOBISPADO DE CORDOBA, en la ciudad de CORDOBA, provincia homónima, en el artículo 2º del Decreto Nº 1905/91, asignándosele el canal 269, frecuencia 101.7 MHz., categoría A.

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Aníbal D. Fernández.
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