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Decreto 159/2006 HONORABLE CONGRESO DE LA NACION PODER EJECUTIVO NACIONAL Inclusiones en el temario a tratar por el Honorable Congreso de la Nación durante el período de Sesiones Extraordinarias. Bs.As., 14/2/2006 En uso de las facultades que le otorgan los artículos 63 y 99 inciso 9 de la Constitución de la Nación Argentina, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: ARTICULO 1º Inclúyese en el temario a tratar por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, durante el período de Sesiones Extraordinarias, la consideración de los asuntos detallados en el Anexo que forma parte integrante del presente decreto. ARTICULO 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Aníbal D.Fernández. |