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Legislación NacionalBoletín Oficial 13/06/03 FERROCARRILES METROPOLITANOS Decreto 179/2003 Modifícase el Decreto Nº 242/2003, estableciéndose que la mencionada Sociedad Anónima (en liquidación) atenderá con cargo a las partidas específicas de sus créditos presupuestarios los emolumentos correspondientes al Liquidador. Bs. As., 10/6/2003 VISTO el Expediente Nº S01:0025936/2003 del Registro del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 242 de fecha 11 de febrero de 2003, y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Nº 242 de fecha 11 de febrero de 2003 se efectuó la designación del Ingeniero D. Hugo César ROTHAMEL (M. I. Nº 7.703.842) como Liquidador de FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) dependiente de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA actualmente MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION. Que la designación del Ingeniero D. Hugo César ROTHAMEL se efectuó oportunamente con carácter "ad honorem", atento a que se encontraba en trámite su contratación conforme las disposiciones del Decreto Nº 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, tramitación que fuera dejada sin efecto con motivo de su nombramiento como Liquidador de FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) a través del Decreto Nº 242/03. Que FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) debe afectar con créditos presupuestarios propios el financiamiento de las erogaciones que demanda el desarrollo de su proceso liquidatorio, entre ellas los gastos correspondientes a la atención de los emolumentos del Liquidador designado. Que atento lo expuesto en el considerando anterior corresponde que FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) atienda con cargo a las partidas específicas de sus créditos presupuestarios los emolumentos correspondientes al Ingeniero D. Hugo César ROTHAMEL en su carácter de Liquidador de ese ente residual. Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION. Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1º - Sustitúyese el Artículo 2º del Decreto Nº 242 de fecha 11 de febrero de 2003, el que quedará redactado de la siguiente forma: "ARTICULO 2º - El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) dependiente de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION". Art. 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Roberto Lavagna. |
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