This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ]
Export date: Sat May 9 3:52:03 2026 / +0000 GMT

Legislación Nacional


DECRETO 673/2006

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE

CONVENIOS

Convenio de Traspaso del Servicio de Publicidad Registral e Inmobiliaria a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Ratificación

del 29/05/2006; publ. 31/05/2006

Visto el expte. 130.319/01 del registro del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el “Convenio de Traspaso del Servicio de Publicidad Registral e Inmobiliaria a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur”, suscripto entre el entonces Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos y el Superior Tribunal de Justicia de esa provincia, con fecha 18 de febrero de 2003, y

Considerando:

Que atento lo dispuesto por el art. 22 de la ley 23775; los arts. 2 y 3 de la ley provincial 532, el art. 154 in fine de la Constitución de la provincia, y el Acuerdo de Bases Preparatorias del Convenio de Entrega del Servicio de Publicidad Registral e Inmobiliaria al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Tierra de Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, se procedió a la firma del convenio referido.

Que de las constancias existentes en el expediente citado en el Visto y de los antecedentes y tramitaciones cumplidas para llevar a cabo la transferencia del Servicio de Publicidad Registral e Inmobiliaria a la provincia de Tierra de Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, resulta que han concluido las mismas restando efectuar la transmisión del dominio del inmueble en el cual se prestaba el servicio a partir del año 1971.

Que con fecha 10 de julio de 2001, se suscribió entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Tierra Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, un acuerdo registrado como disposición S.S.J.A.L. 91/2001 por el que se fijaron las “Bases Preparatorias del Convenio de Entrega del Servicio de Publicidad Registral e Inmobiliaria, al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur”, en un todo de acuerdo con lo previsto por los arts. 22 , 23 y concordantes de la ley 23775 de provincialización del territorio.

Que por la cláusula quinta de ese convenio se estipuló que el Ministerio determinaría las condiciones y plazos de restitución del aludido inmueble en el que se prestan los mencionados servicios registrales, ubicado en la calle Moyano 780 de la ciudad de Río Grande (Nomenclatura Catastral: Sección A, Macizo 73, Parcela 6 A, dominio inscripto en FR-IA-4210).

Que con fecha 18 de febrero de 2003 se suscribió el “Convenio de Traspaso del Servicio de Publicidad Registral e Inmobiliaria a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur”, entre el entonces Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, y el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

Que por la cláusula cuarta del mencionado convenio, se acordó que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, efectuara todas las acciones necesarias para la transferencia a nombre de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, del inmueble que servía de sede a la Delegación Río Grande, ubicado en la calle Moyano 780 de dicha ciudad, otorgando el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos al Superior Tribunal de Justicia de dicha provincia el más amplio permiso de uso del inmueble hasta su transferencia definitiva.

Que con fecha 28 de febrero de 2003 se suscribió el “Acta Complementaria del Convenio de Traspaso del Servicio de Publicidad Registral Inmobiliaria a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas de Atlántico Sur”.

Que con ese objetivo, mediante resolución 128 del 28 de enero de 2004, el entonces ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, dispuso la Desafectación del uso público del inmueble que servía de sede a la Delegación Río Grande del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, sito en la calle Moyano 780 de la ciudad de Río Grande (Nomenclatura catastral: Sección A, Macizo 73, Parcela 6 A, inscripto en FR-IA-4210).

Que ha tomado intervención el Organismo Nacional de Administración de Bienes (Onabe), el cual manifiesta no tener objeciones legales para formular a la transferencia del inmueble citado a favor de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el art. 99 inc. 1, de la Constitución Nacional y por la ley 23775 .

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Ratifícase el “Convenio de Traspaso del Servicio de Publicidad Registral e Inmobiliaria a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur”, suscripto con fecha 18 de febrero de 2003 entre el entonces Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, y el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, cuya copia autenticada forma parte del presente como anexo I y su acta complementaria.

Art. 2.– Dispónese la transferencia del dominio del inmueble sito en la calle Moyano 780 de la Ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur a favor de la citada provincia, identificado catastralmente como: Circunscripción Río Grande, sección a, manzana 73, parcela 6 a - matrícula n. I-A-4210.

Art. 3.– Comuníquese, etc.

Kirchner - Fernández - Iribarne

Anexo I

Corresponde al expte. 255/71.

CONVENIO DE TRASPASO DEL SERVICIO DE PUBLICIDAD REGISTRAL E INMOBILIARIA A LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR

Entre el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, representado en este acto por el ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos Dr. Juan José Álvarez y por el secretario de Justicia y Asuntos Legislativos Dr. Guillermo Horacio De Sanctis, en adelante “el ministerio” por una parte; y por la otra el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representado en este acto por su presidente, el Dr. Ricardo Jorge Klass, en adelante “el tribunal”, convienen en celebrar el presente, de acuerdo a las siguientes cláusulas y condiciones:

Primera: Atento a lo dispuesto por el art. 22 de la ley 23775; el art. 154 in fine de la Constitución de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur; los arts. 2 y 3 de la ley provincial 532, y al acuerdo de bases Preparatorias del Convenio de Entrega del Servicio de Publicidad Registral e Inmobiliaria al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, firmado el 10 de julio de 2001 entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur el ministerio transfiere y el tribunal acepta el servicio de publicidad registral e inmobiliaria establecido en la ley 17801 , que hasta la fecha presta en esa provincia el Registro de la Propiedad Inmueble de Capital Federal, por intermedio de la denominada Delegación Río Grande, el cual, a partir del presente convenio, queda a cargo del Superior Tribunal de Justicia firmante del presente, en un todo de acuerdo con lo determinado por la ley provincial 532 .

Segunda: El ministerio hace formal entrega y el tribunal acepta, los antecedentes registrales, libros folios reales y documentación que se les relaciona, según consta en el inventario que como anexo I forma parte integrante del presente convenio, ambos de conformidad.

Tercera: El ministerio entrega y el tribunal acepta de conformidad, los bienes, útiles y demás elementos y materiales de labor que constan individualizados en el presente como anexo II.

Cuarta: En cumplimiento del convenio de fecha 23 de marzo de 1994, registrado en la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur bajo el n. 1359 y ratificado por decreto provincial 789/1994 firmado entre el Registro de la Propiedad Inmueble de Capital Federal, y el Gobierno de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur; el Superior Tribunal de la misma y el Instituto Provincial de Vivienda de esa provincia, el ministerio se compromete a efectuar todas las acciones necesarias para la transferencia a nombre de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, del Inmueble que sirve de sede a la Delegación Río Grande, ubicado en Calle Moyano 780 de dicha ciudad, Nomenclatura Catastral sección A, macizo 73, parcela 6 matrícula IA-4210, acordándose un plazo de ciento veinte (120) días para el cumplimiento de lo referido, otorgando el ministerio al tribunal el más amplio permiso de uso del inmueble hasta su transferencia definitiva, encontrándose a cargo del tribunal a partir de la fecha, el pago de la totalidad de impuestos, tasas y servicios que graven el inmueble ya descripto.

Quinta: El tribunal declara que en cumplimiento de lo determinado en el art. 23 de la Ley de Provincialización 23775 incorporará a la planta del personal del Poder Judicial de esa provincia a los agentes del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos que constan en el anexo III. El tribunal deja aclarado que atento atentó a que no es posible mantener las mismas jerarquías y escalas salariales que las que poseían los empleados del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, por no ser equivalentes a las vigentes para el Poder Judicial de esa provincia, incorporará a dicho personal en sus propias categorías y topes salariales, pero asegurando que el sueldo “de bolsillo” o neto total a percibir por todo concepto, resulte en una suma equivalente a la que percibían por parte del Ministerio, de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación y por la ley -convenio 17.050-.

Los agentes que constan en el anexo IV y que pertenecen a la planta permanente del Gobierno de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, continuarán en esa situación de revista, y percibirán una bonificación especial por parte del Poder Judicial de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur equivalente a la que recibían dichos agentes a través de la ley -convenio 17.050-, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la ley 237- el tribunal podrá optar por incorporar a su propia planta al personal comprendido en el anexo IV, asimismo no reconocerá ningún otro derecho o beneficio que los mencionados anteriormente, y deja debidamente aclarado que atento a las obligaciones que le impone la ley 23775 , y frente a las ya mencionadas diferencias de categorías y de montos salariales de la repartición nacional, con la provincial, el tribunal ha priorizado el efectivo haber mensual del personal, de manera tal que no les provoque desmedro alguno frente a las diferentes normativas laborales de cada organismo. El reconocimiento de los aportes jubilatorios del personal, se efectuará por parte del organismo provincial correspondiente, en el marco de la ley provincial 561 y sus reglamentaciones.

Sexta: El tribunal declara que se ha dado cumplimiento por parte de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a lo acordado en la cláusula tercera, del convenio de Bases Preparatorias, habiéndose promulgado la ley provincial 532 del Registro de la Propiedad Inmueble de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, se ha creado la Dirección General de dicho Registro en la órbita del Superior Tribunal de Justicia; se ha designado al funcionario del caso; y se han previsto las partidas presupuestarias correspondientes para afrontar el gasto que la implementación, traspaso, y funcionamiento del Registro acarree.

Séptima: Ambas partes acuerdan que el presente convenio de traspaso deberá ser ratificado por los Gobiernos de la Nación, Argentina y de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, en cumplimiento del art. 22 de la ley 23775. Los anexos referidos en este convenio serán suscritos por los directores de los respectivos Registros de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. En ese mismo acto fijarán la fecha de cese del servicio por parte de la jurisdicción nacional a los efectos de ley.

De conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a los efectos detallados, a los 18 días del mes de febrero del año 2003.

ACTA COMPLEMENTARIA DEL CONVENIO DE TRASPASO DEL SERVICIO DE PUBLICIDAD REGISTRAL INMOBILIARIA A LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR

Entre el director general del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal Dr. Alberto F. Ruiz de Erenchun por una parte, y por la otra el director general del Registro de la Propiedad Inmueble de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Dr. Axel Reynoldi, en adelante “los Registros”, de conformidad y en cumplimiento con lo establecido por el convenio firmado el 18 de febrero de 2003 entre el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación y el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, celebran la presente acta, de acuerdo a las siguientes cláusulas y condiciones.

Primera: En cumplimiento a lo acordado en la cláusula Séptima del mencionado Convenio de Traspaso del Servicio de Publicidad Registral Inmobiliaria de la Capital Federal a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, de fecha 18 de febrero del corriente entre el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos y el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, ambas partes, luego de verificar in situ (sede de la calle Moyano 780 de la ciudad de Río Grande), suscriben los anexos individualizados en el convenio antecedente ya mencionado, descriptos como anexo I, correspondiente a Matrículas, libros de documentación, microfilms, información catastral; anexo II, que consta de bienes inventariables -Máquinas y muebles de oficina, bibliografía, equipamiento-; anexo III, referente al Personal perteneciente al Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos; y anexo IV, Personal dependiente de la provincia de Tierra del Fuego, que forman parte de la presente.

Segunda: Teniendo en consideración la continuidad del Servicio Registral en la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, así como la seguridad del tráfico jurídico inmobiliario, ambos directores acuerdan, fijar como día del cese del servicio a cargo del Registro de la Capital Federal y comienzo del servicio por parte de la provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur, al 10 de marzo de 2003, a cuyos fines cada jurisdicción emitirá el acto administrativo correspondiente.

Tercera: Sin perjuicio de los efectos y alcances con respecto a los bienes y los agentes involucrados que posee el convenio que se ejecuta por la presente, ambas partes declaran que en concordancia con el art. 183 de la ley 532; el art. 10 de la acordada 8/2003 del Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego, y la disposición técnico registral 1/2003 del Registro de la Propiedad, Inmueble de Tierra del Fuego, cumpliendo con el mandato contenido en la cláusula Séptima, se deja establecido que a los documentos ingresados al Registro de la Propiedad Inmueble (Sede Río Grande) hasta el 10 de marzo de 2003 se les dará tratamiento según las normas vigentes al momento de su ingreso, con independencia del día de egreso. Exceptúase de la regla precedente aquellos documentos que según el procedimiento registral ingresen en la etapa recursiva, la que tramitará acorde a lo establecido en la ley provincial 532 . De conformidad, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los veintiocho (28) días del mes de febrero del año 2003.

ANEXO I

Corresponde al expte. 255/71.

INVENTARIO

LIBROS DE MATRÍCULAS DE INMUEBLES

2 Río Grande - Urbano.

1 Río Grande - Rural.

2 Ushuaia - Urbano.

1 Ushuaia - Rural.

1 Tolhuin.

1 Islas 8 (Ocho) en total.

Libro de numeración y control de folios reales (D.T.R. 2/1988).

Desde julio 1988 a febrero/2003 - 5 (cinco) cuadernos.

Libro de expedientes de secretaría.

Desde 1975 a febrero/2003 - 1 (Uno) con 178 Expedientes.

Cajas con expedientes - 3 (tres).

Libros diarios de entradas.

Manuales - 10 (Diez).

Impresiones por P.C. formularios continuos (abril/1994 a febrero/2003).

Libros de salidas.

Desde 1983 a febrero 2003 - 22 (Veintidós).

Libro de bien de familia.

Desde abril/1973 a febrero/2003 - 1 (Uno) con 420 actas.

Cajas con actas - 3 (tres).

Ficheros de folios reales.

En 34 (Treinta y cuatro) cajones.

]]>

Folios

Río Grande

Río Grande

Tolhuin

Ushuaia

Ushuaia

Islas

Totales

Reales

Urbano

Rural

 

Urbano

Rural

 

 

28/02/2003

8.972

254

128

7.253

31

45

16.683

 

Ficheros de tarjetas localizativas y nominativas:

En 18 (dieciocho) cajones (Río Grande/Ushuaia/Tolhuin/Rurales/Islas).

Fichero de hipotecas:

En 1 (Uno) cajón.

Certificados e informes:

Años 2001 y 2002 - 2 (dos) cajas con copias.

Actuaciones internas:

Años 1994 a 2000 - 2 (Dos) cajas.

Años 2001 a 2003 - 1 (Un) bibliorato.

Biblioratos de notas:

Diferentes ítem - 21 (Veintiuno).

Información Dirección de Catastro:

Planchetas - 7 (Siete) Biblioratos.

Medidas cautelares y cesiones:

2 (Dos) cajas años 1987 a 1997.

27 (Veintisiete) Biblioratos años 1998 a 2003.

3 (Tres) ficheros con tarjetas individuales.

Minutas:

20 (Veinte) Biblioratos con copias desde 1993 a 1995.

60 (Sesenta) Biblioratos con originales de 1996 y 2001.

5 (Cinco) cajas con originales año 2002.

2 (Dos) cajas con originales año 2003.

Planos:

Biblioratos desde 1959 a 2002: 64 (Sesenta y cuatro).

Generales/Urbanos/Suburbanos/Rurales/Malvinas/Cartas Náuticas/Islas: 42 (Cuarenta y dos).

Protocolización de Planos (Río Grande/Ushuaia): 2 (Dos) carpetas.

Información de Planimetría: 2 (Dos) carpetas.

Tomos de inscripciones:

8 (Ocho).

Tomo de hipotecas:

2 (Dos).

Tomo de planos:

1 (Uno).

Microfilmes:

Listados anuales de Minutas microfilmadas: 4 (Cuatro) biblioratos.

Rollos de microfilmes: 78 (Setenta y ocho) (desde marzo 1973 hasta diciembre 2000).

Revistas informativas:

Boletines oficiales - 1 (Una) caja.

Boletines registrales y revistas notariales = 413 (Cuatrocientos trece).

Digesto Registral - 1 (Uno).

Vademécum:

De Asientos Registrales - 5 (Cinco) (2 encuadernados más 3 en carpetas).

De Zona de Seguridad - 2 (Dos) con normativas.

Paquetes:

Diferentes ítem - 15 (Quince).

INVENTARIO DE BIENES MUEBLES

Inventario de bienes patrimoniales

Ministerio de Justicia.

Dirección General de Administración.

División Patrimonio.

Repartición...: (34) Registro de la Propiedad Inmueble.

ANEXO II

Fecha: 21/02/2005.

Hoja n. 1 corresponde al expte. 255/71.

Depend. u oficina: (009) Delegación Río Grande.

Responsable: Sra. Brizzi.

]]>

Código

N. invent.

Descripción del bien

N. de motor de fabricación

Estado

Valor de inventario

Cta.

Sub-cta.

 

 

 

 

 

453

72

944

Máquina escribir Olivetti línea 98 175 esp.

1353158

B

1.00

451

99991

1498

Lectora impresora Magnaprint

 

B

1.00

400

461

2373

Fichero 4 cajones metálicos

 

B

1.00

400

46

2575

Armario metálico 2 puertas 180 x 088 x 042

 

B

1.00

400

46

2576

Armario metálico 2 puertas 180 x 088 x 042

 

B

1.00

400

46

2577

Armario metálico 2 puertas 180 x 088 x 042

 

B

1.00

400

461

2578

Archivo met. 4 caj. para carpetas colgantes

 

B

1.00

400

461

2579

Archivo met. 4 caj. para carpetas colgantes

 

B

1.00

400

461

2580

Archivo met. 2 caj. para carpetas colgantes

 

B

1.00

400

461

2581

Fich. p/tarj. loc. nom. catastrales 2 C 15 G. c/u

 

B

1.00

400

623

2582

Mesa madera c/1 cajón 075 x 120

 

B

1.00

400

682

2583

Mesita madera p/máq. escribir 043 x 120 c/1 cajón

 

B

1.00

400

682

2584

Mesita madera p/máq. escribir 040 x 060 laminado

 

B

1.00

400

445

2585

Escritorio madera 5 caj. 150 x 090

 

B

1.00

400

852

2590

Silla hierro tap. cuerina c/castaño claro

 

B

1.00

400

852

2591

Silla hierro tap. cuerina c/castaño claro

 

B

1.00

400

852

2592

Silla hierro tap. cuerina c/castaño claro

 

B

1.00

400

852

2593

Silla hierro tap. cuerina c/castaño claro

 

B

1.00

400

852

2594

Sillón tap. cuerina c/bordó

 

B

1.00

453

72

2595

Máq. escribir Olivetti línea 98 210 esp.

1353211

B

1.00

400

46

3153

Armario metal 90 x 179 x 46

 

B

1.00

400

46

3154

Armario metal 90 x 179 x 46

 

B

1.00

400

461

3155

Fichero metal 144 x 675 x 45 4 cajones

 

B

1.00

400

461

3156

Fichero metal 108 x 675 x 45 3 cajones

 

B

1.00

400

445

3157

Escritorio chapa 4 cajones 115 x 70 x 76

 

B

1.00

400

224

3158

Botiquín madera 45 x 35 x 10

 

B

1.00

529

26

3159

Alfombra lana boucle 433 x 305

 

B

1.00

526

421

3160

Matafuego Dolmen

 

B

1.00

526

421

3161

Matafuego Dolmen

 

B

1.00

526

421

3162

Matafuego Dolmen

 

B

1.00

526

421

3163

Matafuego Dolmen

 

B

1.00

529

26

3164

Alfombra lana boucle 360 x 240

 

B

1.00

510

48

3205

Lib. Cód. Proc. Civ. y Com. de la Nación y normas comp.

 

B

1.00

453

72

3284

Máquina escribir eléct. Tekne 3 Olivetti

6002575

B

1.00

400

623

3408

Mesita madera tapa laminado 65 X 48

 

B

1.00

400

623

3409

Mesa madera tapa laminado 70 X 45

 

B

1.00

457

6168

3411

Tijera metal c/mango negro

 

B

1.00

402

45

3482

Estufa a gas 5000 calorías

 

B

1.00

400

682

3635

Mesa p/máquina escribir 60 x 40 x 70

 

B

1.00

400

445

3636

Escritorio con 2 cajones 100 x 80 x 80

 

B

1.00

400

445

3637

Escritorio con 2 cajones 100 x 80 x 50

 

B

1.00

400

682

3638

Mesa máquina escribir 60 x 40 x 70

 

B

1.00

402

45

3639

Calefactor fogata 6000 calorías

 

B

1.00

453

102

3814

Máquina numeradora fechadora

25572

B

540.00

453

72

3857

Máquina de escribir Olympia mod. SGS 122 esp.

M-4788793

B

120.00

400

461

4183

Archivo met. 4 caj. dobles color beige 90 x 50 x 132 cm

 

B

390.00

453

72

4868

Máquina de escribir Olivetti mod. línea 98 manual

4419769

B

335.00

453

102

5844

Máquina numeradora-fechadora

34886

B

542.80

453

595

6550

Impresora Epson LQ-2070

2YPX001066

B

635.04

453

625

7133

C.P.U. mca. Zenith

A677200049

B

1000.00

453

617

7134

Teclado mca. Zenith

 

B

20.00

453

609

7764

Monitor S.V.G.A. mca. Zenith 15"

83300943

B

430.00

453

595

9024

Impresora Hewlett Packard Mod. deskjet 970 CXI

MX0221B04F

B

514.64

453

625

9140

C.P.U. D.T.K. Pentium

4405P45174M

B

1000.00

453

609

9141

Monitor D.T.K. S.V.G.A. color 14"

10/160002

B

368.50

453

617

9142

Teclado Ecovisión c/frackball

97017020

B

35.00

450

8568

9143

U.P.S. American Power

B9412484890

B

168.60

400

1212

9144

Mesa P.C. 2 estantes lam. c/marfil est. caño 0,90 x 0,75

 

B

90.00

400

1212

9145

Mesa P.C. 2 estantes lam. c/marfil est. caño 0,90 x 0,75

 

B

90.00

400

852

9146

Silla caño cromado tap. c/marrón mod. verona

 

B

24.00

400

852

9147

Silla caño cromado tap. c/marrón mod. verona

 

B

24.00

400

194

9148

Biblioteca platinum C/2 ptas. bajas y estantes 2,00 x 0,75

 

B

105.00

400

194

9149

Biblioteca platinum C/2 ptas. bajas y estantes 2,00 x 0,75

 

B

105.30

400

461

9150

Archivo met. 4 cajones p/carpetas colgantes

 

B

272.00

400

461

9151

Archivo met. 4 cajones p/carpetas colgantes

 

B

272.00

400

461

9152

Archivo met. 4 cajones p/carpetas colgantes

 

B

272.00

400

461

9153

Archivo met. 4 cajones p/carpetas colgantes

 

B

272:00

400

461

9154

Archivo met. 4 cajones p/carpetas colgantes

 

B

272.00

400

623

9155

Mesa platinum p/fotocopiadora 0.90 x 0,55

 

B

165.00

510

48

9156

Libro Código Civil 95 y leyes complementarias

 

B

125.00

510

48

9157

Libro Código Procesal Penal de la Nación

 

B

125.00

510

48

9158

Libro Código de Comercio

 

B

140.00

510

48

9159

Libro Código Penal de la República Argentina

 

B

125.00

510

48

9160

Libro Repertorio Jurídico

 

B

125.00

510

48

9161

Libro Diccionario Ciencias Jurídicas

 

B

190.00

400

682

9162

Mesa máquina de escribir lám. símil madera c/marfil 0,40 x 0,60

 

B

100.00

453

72

9163

Máquina de escrbir Tekne 4 Olivetti eléctrica

6634807

B

200.00

451

1843

9164

Fax Panasonic KX-F230

3BBHB020753

B

800.00

451

871

9178

Fotocopiadora Minolta CS PRO EP-1080

21775786

B

5000.00

451

871

9228

Fotocopiadora Panasonic DP-130 PQ láser

KAMYG301204

B

1440.00

510

48

9328

Libro Código Civil con C.D. Rom incluye nueva const.

 

B

120.00

Total oficina

16595.88

Total repart.

16595.88

Total general

16595.88

 

ANEXO III

PERSONAL DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y LEY 17050

]]>

 

Ministerio de Justicia

Ley 17050

 

Categoría

Legajo

Categoría

Legajo

Brizzi, Cristina Mabel

D3

6058

A4

387

Andrade, María Mabel

-

-

H5

3127

 

ANEXO IV

PERSONAL DEPENDIENTE DE LA GOBERNACIÓN DE TIERRA DEL FUEGO ADSCRIPTO AL REGISTRO PROPIEDAD INMUEBLE CAPITAL FEDERAL Y LEY 17050

]]>

 

Gobierno Tierra del Fuego

Ley 17050

 

Categoría

Legajo

Categoría

Legajo

Viñayo, Antonio Emilio

12

12527660/00

D5

2926

Birsa, Teresa

12

6281348/00

D5

330

 

Powered by [ Universal Post Manager ] plugin. HTML saving format developed by gVectors Team www.gVectors.com