|
This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales
[ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date: Sat May 9 3:52:03 2026 / +0000 GMT |
Legislación NacionalREGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE CONVENIOS Convenio de Traspaso del Servicio de Publicidad Registral e Inmobiliaria a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Ratificación del 29/05/2006; publ. 31/05/2006 Visto el expte. 130.319/01 del registro del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Convenio de Traspaso del Servicio de Publicidad Registral e Inmobiliaria a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, suscripto entre el entonces Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos y el Superior Tribunal de Justicia de esa provincia, con fecha 18 de febrero de 2003, y Considerando: Que atento lo dispuesto por el art. 22 de la ley 23775; los arts. 2 y 3 de la ley provincial 532, el art. 154 in fine de la Constitución de la provincia, y el Acuerdo de Bases Preparatorias del Convenio de Entrega del Servicio de Publicidad Registral e Inmobiliaria al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Tierra de Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, se procedió a la firma del convenio referido. Que de las constancias existentes en el expediente citado en el Visto y de los antecedentes y tramitaciones cumplidas para llevar a cabo la transferencia del Servicio de Publicidad Registral e Inmobiliaria a la provincia de Tierra de Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, resulta que han concluido las mismas restando efectuar la transmisión del dominio del inmueble en el cual se prestaba el servicio a partir del año 1971. Que con fecha 10 de julio de 2001, se suscribió entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Tierra Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, un acuerdo registrado como disposición S.S.J.A.L. 91/2001 por el que se fijaron las Bases Preparatorias del Convenio de Entrega del Servicio de Publicidad Registral e Inmobiliaria, al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, en un todo de acuerdo con lo previsto por los arts. 22 , 23 y concordantes de la ley 23775 de provincialización del territorio. Que por la cláusula quinta de ese convenio se estipuló que el Ministerio determinaría las condiciones y plazos de restitución del aludido inmueble en el que se prestan los mencionados servicios registrales, ubicado en la calle Moyano 780 de la ciudad de Río Grande (Nomenclatura Catastral: Sección A, Macizo 73, Parcela 6 A, dominio inscripto en FR-IA-4210). Que con fecha 18 de febrero de 2003 se suscribió el Convenio de Traspaso del Servicio de Publicidad Registral e Inmobiliaria a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, entre el entonces Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, y el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Que por la cláusula cuarta del mencionado convenio, se acordó que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, efectuara todas las acciones necesarias para la transferencia a nombre de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, del inmueble que servía de sede a la Delegación Río Grande, ubicado en la calle Moyano 780 de dicha ciudad, otorgando el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos al Superior Tribunal de Justicia de dicha provincia el más amplio permiso de uso del inmueble hasta su transferencia definitiva. Que con fecha 28 de febrero de 2003 se suscribió el Acta Complementaria del Convenio de Traspaso del Servicio de Publicidad Registral Inmobiliaria a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas de Atlántico Sur. Que con ese objetivo, mediante resolución 128 del 28 de enero de 2004, el entonces ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, dispuso la Desafectación del uso público del inmueble que servía de sede a la Delegación Río Grande del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, sito en la calle Moyano 780 de la ciudad de Río Grande (Nomenclatura catastral: Sección A, Macizo 73, Parcela 6 A, inscripto en FR-IA-4210). Que ha tomado intervención el Organismo Nacional de Administración de Bienes (Onabe), el cual manifiesta no tener objeciones legales para formular a la transferencia del inmueble citado a favor de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el art. 99 inc. 1, de la Constitución Nacional y por la ley 23775 . Por ello, El presidente de la Nación Argentina decreta: Art. 1.– Ratifícase el Convenio de Traspaso del Servicio de Publicidad Registral e Inmobiliaria a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, suscripto con fecha 18 de febrero de 2003 entre el entonces Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, y el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, cuya copia autenticada forma parte del presente como anexo I y su acta complementaria. Art. 2.– Dispónese la transferencia del dominio del inmueble sito en la calle Moyano 780 de la Ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur a favor de la citada provincia, identificado catastralmente como: Circunscripción Río Grande, sección a, manzana 73, parcela 6 a - matrícula n. I-A-4210. Art. 3.– Comuníquese, etc. Kirchner - Fernández - Iribarne Anexo ICorresponde al expte. 255/71. CONVENIO DE TRASPASO DEL SERVICIO DE PUBLICIDAD REGISTRAL E INMOBILIARIA A LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR Entre el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, representado en este acto por el ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos Dr. Juan José Álvarez y por el secretario de Justicia y Asuntos Legislativos Dr. Guillermo Horacio De Sanctis, en adelante el ministerio por una parte; y por la otra el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representado en este acto por su presidente, el Dr. Ricardo Jorge Klass, en adelante el tribunal, convienen en celebrar el presente, de acuerdo a las siguientes cláusulas y condiciones: Primera: Atento a lo dispuesto por el art. 22 de la ley 23775; el art. 154 in fine de la Constitución de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur; los arts. 2 y 3 de la ley provincial 532, y al acuerdo de bases Preparatorias del Convenio de Entrega del Servicio de Publicidad Registral e Inmobiliaria al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, firmado el 10 de julio de 2001 entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur el ministerio transfiere y el tribunal acepta el servicio de publicidad registral e inmobiliaria establecido en la ley 17801 , que hasta la fecha presta en esa provincia el Registro de la Propiedad Inmueble de Capital Federal, por intermedio de la denominada Delegación Río Grande, el cual, a partir del presente convenio, queda a cargo del Superior Tribunal de Justicia firmante del presente, en un todo de acuerdo con lo determinado por la ley provincial 532 . Segunda: El ministerio hace formal entrega y el tribunal acepta, los antecedentes registrales, libros folios reales y documentación que se les relaciona, según consta en el inventario que como anexo I forma parte integrante del presente convenio, ambos de conformidad. Tercera: El ministerio entrega y el tribunal acepta de conformidad, los bienes, útiles y demás elementos y materiales de labor que constan individualizados en el presente como anexo II. Cuarta: En cumplimiento del convenio de fecha 23 de marzo de 1994, registrado en la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur bajo el n. 1359 y ratificado por decreto provincial 789/1994 firmado entre el Registro de la Propiedad Inmueble de Capital Federal, y el Gobierno de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur; el Superior Tribunal de la misma y el Instituto Provincial de Vivienda de esa provincia, el ministerio se compromete a efectuar todas las acciones necesarias para la transferencia a nombre de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, del Inmueble que sirve de sede a la Delegación Río Grande, ubicado en Calle Moyano 780 de dicha ciudad, Nomenclatura Catastral sección A, macizo 73, parcela 6 matrícula IA-4210, acordándose un plazo de ciento veinte (120) días para el cumplimiento de lo referido, otorgando el ministerio al tribunal el más amplio permiso de uso del inmueble hasta su transferencia definitiva, encontrándose a cargo del tribunal a partir de la fecha, el pago de la totalidad de impuestos, tasas y servicios que graven el inmueble ya descripto. Quinta: El tribunal declara que en cumplimiento de lo determinado en el art. 23 de la Ley de Provincialización 23775 incorporará a la planta del personal del Poder Judicial de esa provincia a los agentes del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos que constan en el anexo III. El tribunal deja aclarado que atento atentó a que no es posible mantener las mismas jerarquías y escalas salariales que las que poseían los empleados del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, por no ser equivalentes a las vigentes para el Poder Judicial de esa provincia, incorporará a dicho personal en sus propias categorías y topes salariales, pero asegurando que el sueldo de bolsillo o neto total a percibir por todo concepto, resulte en una suma equivalente a la que percibían por parte del Ministerio, de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación y por la ley -convenio 17.050-. Los agentes que constan en el anexo IV y que pertenecen a la planta permanente del Gobierno de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, continuarán en esa situación de revista, y percibirán una bonificación especial por parte del Poder Judicial de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur equivalente a la que recibían dichos agentes a través de la ley -convenio 17.050-, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la ley 237- el tribunal podrá optar por incorporar a su propia planta al personal comprendido en el anexo IV, asimismo no reconocerá ningún otro derecho o beneficio que los mencionados anteriormente, y deja debidamente aclarado que atento a las obligaciones que le impone la ley 23775 , y frente a las ya mencionadas diferencias de categorías y de montos salariales de la repartición nacional, con la provincial, el tribunal ha priorizado el efectivo haber mensual del personal, de manera tal que no les provoque desmedro alguno frente a las diferentes normativas laborales de cada organismo. El reconocimiento de los aportes jubilatorios del personal, se efectuará por parte del organismo provincial correspondiente, en el marco de la ley provincial 561 y sus reglamentaciones. Sexta: El tribunal declara que se ha dado cumplimiento por parte de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a lo acordado en la cláusula tercera, del convenio de Bases Preparatorias, habiéndose promulgado la ley provincial 532 del Registro de la Propiedad Inmueble de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, se ha creado la Dirección General de dicho Registro en la órbita del Superior Tribunal de Justicia; se ha designado al funcionario del caso; y se han previsto las partidas presupuestarias correspondientes para afrontar el gasto que la implementación, traspaso, y funcionamiento del Registro acarree. Séptima: Ambas partes acuerdan que el presente convenio de traspaso deberá ser ratificado por los Gobiernos de la Nación, Argentina y de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, en cumplimiento del art. 22 de la ley 23775. Los anexos referidos en este convenio serán suscritos por los directores de los respectivos Registros de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. En ese mismo acto fijarán la fecha de cese del servicio por parte de la jurisdicción nacional a los efectos de ley. De conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a los efectos detallados, a los 18 días del mes de febrero del año 2003. ACTA COMPLEMENTARIA DEL CONVENIO DE TRASPASO DEL SERVICIO DE PUBLICIDAD REGISTRAL INMOBILIARIA A LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR Entre el director general del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal Dr. Alberto F. Ruiz de Erenchun por una parte, y por la otra el director general del Registro de la Propiedad Inmueble de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Dr. Axel Reynoldi, en adelante los Registros, de conformidad y en cumplimiento con lo establecido por el convenio firmado el 18 de febrero de 2003 entre el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación y el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, celebran la presente acta, de acuerdo a las siguientes cláusulas y condiciones. Primera: En cumplimiento a lo acordado en la cláusula Séptima del mencionado Convenio de Traspaso del Servicio de Publicidad Registral Inmobiliaria de la Capital Federal a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, de fecha 18 de febrero del corriente entre el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos y el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, ambas partes, luego de verificar in situ (sede de la calle Moyano 780 de la ciudad de Río Grande), suscriben los anexos individualizados en el convenio antecedente ya mencionado, descriptos como anexo I, correspondiente a Matrículas, libros de documentación, microfilms, información catastral; anexo II, que consta de bienes inventariables -Máquinas y muebles de oficina, bibliografía, equipamiento-; anexo III, referente al Personal perteneciente al Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos; y anexo IV, Personal dependiente de la provincia de Tierra del Fuego, que forman parte de la presente. Segunda: Teniendo en consideración la continuidad del Servicio Registral en la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, así como la seguridad del tráfico jurídico inmobiliario, ambos directores acuerdan, fijar como día del cese del servicio a cargo del Registro de la Capital Federal y comienzo del servicio por parte de la provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur, al 10 de marzo de 2003, a cuyos fines cada jurisdicción emitirá el acto administrativo correspondiente. Tercera: Sin perjuicio de los efectos y alcances con respecto a los bienes y los agentes involucrados que posee el convenio que se ejecuta por la presente, ambas partes declaran que en concordancia con el art. 183 de la ley 532; el art. 10 de la acordada 8/2003 del Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego, y la disposición técnico registral 1/2003 del Registro de la Propiedad, Inmueble de Tierra del Fuego, cumpliendo con el mandato contenido en la cláusula Séptima, se deja establecido que a los documentos ingresados al Registro de la Propiedad Inmueble (Sede Río Grande) hasta el 10 de marzo de 2003 se les dará tratamiento según las normas vigentes al momento de su ingreso, con independencia del día de egreso. Exceptúase de la regla precedente aquellos documentos que según el procedimiento registral ingresen en la etapa recursiva, la que tramitará acorde a lo establecido en la ley provincial 532 . De conformidad, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los veintiocho (28) días del mes de febrero del año 2003. ANEXO I Corresponde al expte. 255/71. INVENTARIO LIBROS DE MATRÍCULAS DE INMUEBLES 2 Río Grande - Urbano. 1 Río Grande - Rural. 2 Ushuaia - Urbano. 1 Ushuaia - Rural. 1 Tolhuin. 1 Islas 8 (Ocho) en total. Libro de numeración y control de folios reales (D.T.R. 2/1988). Desde julio 1988 a febrero/2003 - 5 (cinco) cuadernos. Libro de expedientes de secretaría. Desde 1975 a febrero/2003 - 1 (Uno) con 178 Expedientes. Cajas con expedientes - 3 (tres). Libros diarios de entradas. Manuales - 10 (Diez). Impresiones por P.C. formularios continuos (abril/1994 a febrero/2003). Libros de salidas. Desde 1983 a febrero 2003 - 22 (Veintidós). Libro de bien de familia. Desde abril/1973 a febrero/2003 - 1 (Uno) con 420 actas. Cajas con actas - 3 (tres). Ficheros de folios reales. En 34 (Treinta y cuatro) cajones. ]]> Folios Río Grande Río Grande Tolhuin Ushuaia Ushuaia Islas Totales Reales Urbano Rural
Urbano Rural
28/02/2003 8.972 254 128 7.253 31 45 16.683
Ficheros de tarjetas localizativas y nominativas: En 18 (dieciocho) cajones (Río Grande/Ushuaia/Tolhuin/Rurales/Islas). Fichero de hipotecas: En 1 (Uno) cajón. Certificados e informes: Años 2001 y 2002 - 2 (dos) cajas con copias. Actuaciones internas: Años 1994 a 2000 - 2 (Dos) cajas. Años 2001 a 2003 - 1 (Un) bibliorato. Biblioratos de notas: Diferentes ítem - 21 (Veintiuno). Información Dirección de Catastro: Planchetas - 7 (Siete) Biblioratos. Medidas cautelares y cesiones: 2 (Dos) cajas años 1987 a 1997. 27 (Veintisiete) Biblioratos años 1998 a 2003. 3 (Tres) ficheros con tarjetas individuales. Minutas: 20 (Veinte) Biblioratos con copias desde 1993 a 1995. 60 (Sesenta) Biblioratos con originales de 1996 y 2001. 5 (Cinco) cajas con originales año 2002. 2 (Dos) cajas con originales año 2003. Planos: Biblioratos desde 1959 a 2002: 64 (Sesenta y cuatro). Generales/Urbanos/Suburbanos/Rurales/Malvinas/Cartas Náuticas/Islas: 42 (Cuarenta y dos). Protocolización de Planos (Río Grande/Ushuaia): 2 (Dos) carpetas. Información de Planimetría: 2 (Dos) carpetas. Tomos de inscripciones: 8 (Ocho). Tomo de hipotecas: 2 (Dos). Tomo de planos: 1 (Uno). Microfilmes: Listados anuales de Minutas microfilmadas: 4 (Cuatro) biblioratos. Rollos de microfilmes: 78 (Setenta y ocho) (desde marzo 1973 hasta diciembre 2000). Revistas informativas: Boletines oficiales - 1 (Una) caja. Boletines registrales y revistas notariales = 413 (Cuatrocientos trece). Digesto Registral - 1 (Uno). Vademécum: De Asientos Registrales - 5 (Cinco) (2 encuadernados más 3 en carpetas). De Zona de Seguridad - 2 (Dos) con normativas. Paquetes: Diferentes ítem - 15 (Quince). INVENTARIO DE BIENES MUEBLES Inventario de bienes patrimoniales Ministerio de Justicia. Dirección General de Administración. División Patrimonio. Repartición...: (34) Registro de la Propiedad Inmueble. ANEXO II Fecha: 21/02/2005. Hoja n. 1 corresponde al expte. 255/71. Depend. u oficina: (009) Delegación Río Grande. Responsable: Sra. Brizzi. ]]> Código N. invent. Descripción del bien N. de motor de fabricación Estado Valor de inventario Cta. Sub-cta.
453 72 944 Máquina escribir Olivetti línea 98 175 esp. 1353158 B 1.00 451 99991 1498 Lectora impresora Magnaprint
B 1.00 400 461 2373 Fichero 4 cajones metálicos
B 1.00 400 46 2575 Armario metálico 2 puertas 180 x 088 x 042
B 1.00 400 46 2576 Armario metálico 2 puertas 180 x 088 x 042
B 1.00 400 46 2577 Armario metálico 2 puertas 180 x 088 x 042
B 1.00 400 461 2578 Archivo met. 4 caj. para carpetas colgantes
B 1.00 400 461 2579 Archivo met. 4 caj. para carpetas colgantes
B 1.00 400 461 2580 Archivo met. 2 caj. para carpetas colgantes
B 1.00 400 461 2581 Fich. p/tarj. loc. nom. catastrales 2 C 15 G. c/u
B 1.00 400 623 2582 Mesa madera c/1 cajón 075 x 120
B 1.00 400 682 2583 Mesita madera p/máq. escribir 043 x 120 c/1 cajón
B 1.00 400 682 2584 Mesita madera p/máq. escribir 040 x 060 laminado
B 1.00 400 445 2585 Escritorio madera 5 caj. 150 x 090
B 1.00 400 852 2590 Silla hierro tap. cuerina c/castaño claro
B 1.00 400 852 2591 Silla hierro tap. cuerina c/castaño claro
B 1.00 400 852 2592 Silla hierro tap. cuerina c/castaño claro
B 1.00 400 852 2593 Silla hierro tap. cuerina c/castaño claro
B 1.00 400 852 2594 Sillón tap. cuerina c/bordó
B 1.00 453 72 2595 Máq. escribir Olivetti línea 98 210 esp. 1353211 B 1.00 400 46 3153 Armario metal 90 x 179 x 46
B 1.00 400 46 3154 Armario metal 90 x 179 x 46
B 1.00 400 461 3155 Fichero metal 144 x 675 x 45 4 cajones
B 1.00 400 461 3156 Fichero metal 108 x 675 x 45 3 cajones
B 1.00 400 445 3157 Escritorio chapa 4 cajones 115 x 70 x 76
B 1.00 400 224 3158 Botiquín madera 45 x 35 x 10
B 1.00 529 26 3159 Alfombra lana boucle 433 x 305
B 1.00 526 421 3160 Matafuego Dolmen
B 1.00 526 421 3161 Matafuego Dolmen
B 1.00 526 421 3162 Matafuego Dolmen
B 1.00 526 421 3163 Matafuego Dolmen
B 1.00 529 26 3164 Alfombra lana boucle 360 x 240
B 1.00 510 48 3205 Lib. Cód. Proc. Civ. y Com. de la Nación y normas comp.
B 1.00 453 72 3284 Máquina escribir eléct. Tekne 3 Olivetti 6002575 B 1.00 400 623 3408 Mesita madera tapa laminado 65 X 48
B 1.00 400 623 3409 Mesa madera tapa laminado 70 X 45
B 1.00 457 6168 3411 Tijera metal c/mango negro
B 1.00 402 45 3482 Estufa a gas 5000 calorías
B 1.00 400 682 3635 Mesa p/máquina escribir 60 x 40 x 70
B 1.00 400 445 3636 Escritorio con 2 cajones 100 x 80 x 80
B 1.00 400 445 3637 Escritorio con 2 cajones 100 x 80 x 50
B 1.00 400 682 3638 Mesa máquina escribir 60 x 40 x 70
B 1.00 402 45 3639 Calefactor fogata 6000 calorías
B 1.00 453 102 3814 Máquina numeradora fechadora 25572 B 540.00 453 72 3857 Máquina de escribir Olympia mod. SGS 122 esp. M-4788793 B 120.00 400 461 4183 Archivo met. 4 caj. dobles color beige 90 x 50 x 132 cm
B 390.00 453 72 4868 Máquina de escribir Olivetti mod. línea 98 manual 4419769 B 335.00 453 102 5844 Máquina numeradora-fechadora 34886 B 542.80 453 595 6550 Impresora Epson LQ-2070 2YPX001066 B 635.04 453 625 7133 C.P.U. mca. Zenith A677200049 B 1000.00 453 617 7134 Teclado mca. Zenith
B 20.00 453 609 7764 Monitor S.V.G.A. mca. Zenith 15" 83300943 B 430.00 453 595 9024 Impresora Hewlett Packard Mod. deskjet 970 CXI MX0221B04F B 514.64 453 625 9140 C.P.U. D.T.K. Pentium 4405P45174M B 1000.00 453 609 9141 Monitor D.T.K. S.V.G.A. color 14" 10/160002 B 368.50 453 617 9142 Teclado Ecovisión c/frackball 97017020 B 35.00 450 8568 9143 U.P.S. American Power B9412484890 B 168.60 400 1212 9144 Mesa P.C. 2 estantes lam. c/marfil est. caño 0,90 x 0,75
B 90.00 400 1212 9145 Mesa P.C. 2 estantes lam. c/marfil est. caño 0,90 x 0,75
B 90.00 400 852 9146 Silla caño cromado tap. c/marrón mod. verona
B 24.00 400 852 9147 Silla caño cromado tap. c/marrón mod. verona
B 24.00 400 194 9148 Biblioteca platinum C/2 ptas. bajas y estantes 2,00 x 0,75
B 105.00 400 194 9149 Biblioteca platinum C/2 ptas. bajas y estantes 2,00 x 0,75
B 105.30 400 461 9150 Archivo met. 4 cajones p/carpetas colgantes
B 272.00 400 461 9151 Archivo met. 4 cajones p/carpetas colgantes
B 272.00 400 461 9152 Archivo met. 4 cajones p/carpetas colgantes
B 272.00 400 461 9153 Archivo met. 4 cajones p/carpetas colgantes
B 272:00 400 461 9154 Archivo met. 4 cajones p/carpetas colgantes
B 272.00 400 623 9155 Mesa platinum p/fotocopiadora 0.90 x 0,55
B 165.00 510 48 9156 Libro Código Civil 95 y leyes complementarias
B 125.00 510 48 9157 Libro Código Procesal Penal de la Nación
B 125.00 510 48 9158 Libro Código de Comercio
B 140.00 510 48 9159 Libro Código Penal de la República Argentina
B 125.00 510 48 9160 Libro Repertorio Jurídico
B 125.00 510 48 9161 Libro Diccionario Ciencias Jurídicas
B 190.00 400 682 9162 Mesa máquina de escribir lám. símil madera c/marfil 0,40 x 0,60
B 100.00 453 72 9163 Máquina de escrbir Tekne 4 Olivetti eléctrica 6634807 B 200.00 451 1843 9164 Fax Panasonic KX-F230 3BBHB020753 B 800.00 451 871 9178 Fotocopiadora Minolta CS PRO EP-1080 21775786 B 5000.00 451 871 9228 Fotocopiadora Panasonic DP-130 PQ láser KAMYG301204 B 1440.00 510 48 9328 Libro Código Civil con C.D. Rom incluye nueva const.
B 120.00 Total oficina 16595.88 Total repart. 16595.88 Total general 16595.88
ANEXO III PERSONAL DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y LEY 17050 ]]>
Ministerio de Justicia Ley 17050
Categoría Legajo Categoría Legajo Brizzi, Cristina Mabel D3 6058 A4 387 Andrade, María Mabel - - H5 3127
ANEXO IV PERSONAL DEPENDIENTE DE LA GOBERNACIÓN DE TIERRA DEL FUEGO ADSCRIPTO AL REGISTRO PROPIEDAD INMUEBLE CAPITAL FEDERAL Y LEY 17050 ]]>
Gobierno Tierra del Fuego Ley 17050
Categoría Legajo Categoría Legajo Viñayo, Antonio Emilio 12 12527660/00 D5 2926 Birsa, Teresa 12 6281348/00 D5 330
|
| Powered by [ Universal Post Manager ] plugin. HTML saving format developed by gVectors Team www.gVectors.com |