Decreto 733/2006

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
PODER EJECUTIVO NACIONAL

Desígnase con carácter transitorio Gerente de Intervenciones e Infracciones de la Secretaría de Contralor del citado Instituto Bs.As., 12/6/2006
VISTO el Expediente Nº 4597/05 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, las Leyes Nros.25.967 y 26.078 y los Decretos Nº 993 de fecha 27 de mayo de 1991 (T.O.1995), Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, Nº 565 del 1º de junio de 2005, y CONSIDERANDO:

Que por las Leyes Nros.25.967 y 26.078 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, se encuentra vacante el cargo de Gerente de intervenciones e infracciones, de la SECRETARIA DE CONTRALOR, resultando indispensable cubrir transitoriamente el mismo, con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de dicho Organismo.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a las pautas generales de selección para el acceso a la función de que se trate, establecidas en los Títulos III, Capítulo III y VI, artículo 71 primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto Nº 993/91 (T.O.1995) y en el Decreto Nº 1140/02, artículos 1º y 4º, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha del presente Decreto y de lo establecido en los artículos 7º de las Leyes Nº 25.967 y 26.078.

Que la profesional que se propone, reúne los requisitos de experiencia e idoneidad necesarios para cubrir el referido cargo.

Que se ha dado cumplimiento a la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente Decreto se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL y conforme lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02, el artículo 7º de la Ley Nº 25.967 y los artículos 7º y 11 de la Ley Nº 26.078 y el artículo 2º del Decreto Nº 565/05.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º — Dase por designada con carácter transitorio, a partir del 1º de octubre de 2005, a la Doctora Da.Lilian Lucía LAPADULA, (D.N.I.Nº 11.523.726), en un cargo de Planta Permanente, Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva III, de Gerente de Intervenciones e Infracciones de la SECRETARIA DE CONTRALOR del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL con carácter de excepción, a lo establecido en los Títulos III, Capítulo III y VI, artículo 71 – primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto Nº 993/91 (T.O.1995), los artículos 1º y 4º del Decreto 1140/02 y a lo dispuesto por los artículos 7º de las Leyes Nros.25.967 y 26.078.

ARTICULO 2º — El cargo involucrado en la presente medida deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, aprobado por Decreto Nº 993/91 (T.O.1995) en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto.

ARTICULO 3º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL.

ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Juan C.Nadalich.