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Decreto 747/2006
DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES PODER EJECUTIVO NACIONAL
Danse por designados agentes en la Planta no Permanente de Personal Transitorio de la citada Dirección.
Bs.As., 14/6/2006 VISTO el Expediente Nº S02:0002446/2006 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº 26.078, el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, y CONSIDERANDO:
Que el artículo 7º de la Ley citada en el VISTO establece que las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de las disposiciones del artículo 11 de la mencionada Ley.
Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada o descentralizada, en cargos de planta permanente o no permanente, incluyendo en éstos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.
Que en el ámbito de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, se ha iniciado un proceso de reorganización interna que procura lograr, entre otros objetivos, un fuerte incremento en la calidad de los servicios.
Que en consecuencia resulta necesario proceder a autorizar la cobertura de DOS (2) cargos vacantes existentes en la Planta no Permanente de Personal Transitorio de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES.
Que las personas propuestas reúnen los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir con las tareas que se les asignan.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES cuenta con el crédito presupuestario necesario para la cobertura de los mencionados cargos.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos 7º y 11 de la Ley Nº 26.078 y a tenor de lo establecido por el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002.
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1º Danse por designadas en la Planta no Permanente de Personal Transitorio de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, a las personas que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante del presente, en el nivel y grado que en cada caso se indica, a partir del 1º de febrero y hasta el 31 de diciembre de 2006, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.078.
ARTICULO 2º El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio, correspondiente a la Jurisdicción 30 MINISTERIO DEL INTERIOR O.D.201 DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES.
ARTICULO 3º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Aníbal D.Fernández.
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