Legislación Nacional
Decreto 803/2006
PERSONAL MILITAR PODER EJECUTIVO NACIONAL
Dase por nombrado en misión permanente Agregado Naval a la Embajada en la República Italiana, con extensión sobre Ucrania.
Bs.As., 27/6/2006 VISTO lo informado por el señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada, lo propuesto por la señora Ministra de Defensa, y CONSIDERANDO Que por Decreto Nº 234, de fecha 24 de febrero de 2004, fue nombrado el señor Capitán de Navío Dn.Alejandro Daniel OLMEDO (M.I.Nº 10.377.530), para desempeñarse como Agregado Naval a la Embajada de la REPUBLICA ARGENTINA en REPUBLICA ITALIANA, con extensión sobre UCRANIA, a partir del 31 de enero de 2004, en misión permanente y por el término de SETECIENTOS SESENTA (760) días.
Que resultó necesario para la citada Fuerza proceder al relevo del oficial superior mencionado, y designar su correspondiente reemplazo.
Que dicho cargo se encuentra contemplado en la Resolución Conjunta Nº 1065, del MINISTERIO DE DEFENSA y Nº 3135, del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, de fecha 11 de noviembre de 1999 y sus modificatorias.
Que en consecuencia se debió tener presente lo establecido en el artículo 14, incisos a) y b) de la citada resolución.
Que la ASESORIA JURIDICA DE LA ARMADA, tomó intervención competente, de conformidad con lo dispuesto por el MINISTERIO DE DEFENSA.
Que la medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 99, incisos 1 y 12 de la CONSTITUCION NACIONAL y del artículo 10, de la Ley Nº 20.957, del Régimen del Servicio Exterior de la Nación y sus modificatorias.
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1º Dase por nombrado en misión permanente y por el término de SETECIENTOS SESENTA (760) días, a partir del 31 de enero de 2006, al señor Capitán de Navío Dn.Daniel Gustavo MANZELLA (M.I.Nº 12.602.477), para desempeñarse como Agregado Naval a la Embajada de la REPUBLICA ARGENTINA en la REPUBLICA ITALIANA, con extensión sobre UCRANIA.
ARTICULO 2º Convalídanse los gastos que demandó el cumplimiento del presente Decreto, con imputación a las partidas del Presupuesto de la Administración Nacional Ejercicio 2006 Jurisdicción 4522 ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA.
ARTICULO 3º Convalídase la liquidación de los montos efectuada por el ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA (Contraloría General Naval) en conceptos de compensación por cambio de destino y el equivalente al primer trimestre de los sueldos y emolumentos que le correspondieron, conforme lo establecido en el artículo 2417 de la Reglamentación del Título II (Personal Militar en Actividad) capítulo IV (Haberes) de la Ley para el Personal Militar Nº 19.101, aprobada por Decreto Nº 3294, del 29 de diciembre de 1978 y modificada por su similar Nº 1003, del 29 de abril de 1983 y Decretos Nº 1202, del 22 de junio de 1990 y Nº 2193 del 18 de octubre de 1990.Posteriormente efectuará los giros pertinentes durante su permanencia en el país de destino.
ARTICULO 4º Convalídase el otorgamiento del pasaporte por la DIRECCION NACIONAL DE CEREMONIAL.
ARTICULO 5º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
KIRCHNER. Nilda Garré. Jorge E.Taiana.
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