DECRETO 975/2006

MINISTERIOS

Ministerio de Economía y Producción. Estructura organizativa. Unidades organizativas a nivel Dirección. Creación

del 31/07/2006; publ. 03/08/2006

Visto el Expediente Nº S01:0176075/2005 del Registro del Ministerio de Economía y Producción; los decretos 1545 de fecha 31 de agosto de 1994 y sus modificatorios, 357 de fecha 21 de febrero de 2002, 1359 de fecha 5 de octubre de 2004; la resolución 779 de fecha 6 de diciembre de 2004 del Ministerio de Economía y Producción, y

Considerando:

Que por el decreto 1545 de fecha 31 de agosto de 1994 y sus modificatorios, entre otras consideraciones, se aprobó el régimen para el diseño, formulación, presentación y aprobación de las estructuras organizativas.

Que por la segunda de las normas citadas en el Visto, en su art. 19 , entre otras consideraciones, se determinó para las distintas jurisdicciones ministeriales y de la Presidencia de la Nación, y organismos descentralizados que les dependan, que las estructuras organizativas de primer nivel operativo y subsiguientes, debían operar una reducción del treinta por ciento (30%) en relación a la estructura vigente, en el total de cargos de conducción a ser aprobados; como así también, se dispuso que las modificaciones posteriores no podrían superar el total de unidades y cargos de conducción de la misma.

Que mediante el decreto 1359 de fecha 5 de octubre de 2004, se determinaron los niveles políticos del Ministerio de Economía y Producción, se fijaron sus respectivas competencias y se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de esa Cartera de Estado.

Que por la resolución 779 de fecha 6 de diciembre de 2004 del Ministerio de Economía y Producción, se aprobaron las aperturas estructurales inferiores del mismo.

Que no obstante ello, la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía y Producción necesita incluir en su Subsecretaría de Relaciones con Provincias ciertas unidades organizativas de nivel Dirección que resultan indispensables para el desarrollo de sus objetivos, en el marco del proceso de reorganización iniciado por el decreto 1359/2004 .

Que para ello, es menester facultar a la señora Ministra de Economía y Producción, por única vez y a efectos de concluir el referido proceso, para crear dos (2) unidades organizativas en la órbita de la Subsecretaría de Relaciones con Provincias de la Secretaría de Hacienda.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía y Producción, ha tomado la intervención que le compete.

Que el Poder Ejecutivo Nacional se encuentra facultado para el dictado de la presente medida, en virtud de las atribuciones emergentes del art. 99 , inc. 1 de la Constitución Nacional.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Facúltase a la señora Ministra de Economía y Producción para crear dos (2) unidades organizativas de nivel Dirección en la órbita de la Dirección Nacional de Relaciones Económicas con las Provincias de la Subsecretaría de Relaciones con provincias de la Secretaría de Hacienda, del Ministerio de Economía y Producción, en los términos del decreto 1545 de fecha 31 de agosto de 1994 y sus modificatorios, exclusivamente a efectos de concluir el proceso de reorganización funcional de la Secretaría de Hacienda dispuesto por el decreto 1359 de fecha 5 de octubre de 2004.

Art. 2.– Comuníquese, etc.

Kirchner - Fernández - Miceli