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Decreto 1339/2005 SECRETARIA DE CULTURA PODER EJECUTIVO NACIONAL Dase por prorrogada la designación de Director Nacional de Artes. Bs.As., 31/10/2005 VISTO la Ley 25.967 y los Decretos Nº 625 de fecha 20 de mayo de 2004 y Nº 1382 del 13 de octubre de 2004, y CONSIDERANDO: Que por la citada Ley se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS. Que por el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no permanente. Que por el Decreto Nº 1382/04 fue prorrogada la designación con carácter transitorio del funcionario de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, Señor Rolando Gabriel GOLDMAN, en un cargo Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva II, DIRECTOR NACIONAL DE ARTES. Que, no habiendo podido procederse a la cobertura del mencionado cargo en forma definitiva, y manteniéndose vigentes las razones que dieron lugar al dictado del Decreto Nº 1382/04, la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha solicitado se prorrogue la designación del citado funcionario, en los mismos términos del nombramiento original. Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS del organismo de origen. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: ARTICULO 1º Dase por prorrogada la designación del funcionario Rolando Gabriel GOLDMAN (DNI Nº 14.563.707) en un cargo Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva II, DIRECTOR NACIONAL DE ARTES de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, desde su vencimiento y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, con carácter de excepción a lo previsto en el Título II, Capítulo I, artículo 11, inciso b) y en los Títulos III, Capítulo III y VI, artículo 71, primer párrafo, del Anexo I del Decreto Nº 993/91 (T.O.1995). ARTICULO 2º El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA Decreto Nº 993/91 (T.O.1995), en el término de CIENTO OCHENTA (180) días contados a partir de su renovación. ARTICULO 3º El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será atendido con las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 20 14 SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION. ARTICULO 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Aníbal D.Fernández. |