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Legislación Nacional


Decreto 1392/2005

OFICINA ANTICORRUPCION
PODER EJECUTIVO NACIONAL


Designaciones transitorias en la planta permanente de la Unidad Fiscal de Control Administrativo y de la Dirección Nacional de Políticas de Transparencia.

Bs.As., 8/11/2005
VISTO el expediente Nº 148.326/05 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 25.967, aprobatoria del Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el ejercicio 2005, y los Decretos Nº 993/91 T.O.1995, Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 601 del 11 de abril de 2002 y Nº 565 del 1º de junio de 2005, y CONSIDERANDO:

Que en atención al requerimiento efectuado por el señor Fiscal de Control Administrativo de la OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el titular de dicha cartera de Estado solicita la cobertura transitoria de DOS (2) cargos vacantes financiados existentes en la planta de personal permanente de la citada Oficina.

Que a los efectos de implementar las referidas coberturas transitorias, resulta necesario proceder a la designación del personal que se propone, con carácter de excepción a lo establecido en el Título III, Capítulos I y II del Anexo I al Decreto Nº 993/91 T.O.1995, como así también proceder al descongelamiento de la vacante involucrada, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 25.967 y el artículo 2º del Decreto Nº 565 del 1º de junio de 2005.

Que los postulantes a ser designados transitoriamente no se encuentran comprendidos en la prohibición establecida por el artículo 10 del Anexo I a la Decisión Administrativa Nº 5/00.

Que asimismo se encuentra acreditado en los presentes actuados que las personas propuestas no se hallan alcanzadas por las prohibiciones establecidas en el artículo 5º de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional aprobada por la Ley Nº 25.164.

Que se ha dado debido cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6º del Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002.

Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados por la Ley Nº 25.967, aprobatoria del Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el ejercicio 2005, ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, expidiéndose favorablemente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 1º del Decreto Nº 491/02 y el artículo 2º del Decreto Nº 565 del 1º de junio de 2005.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º — Dase por designada transitoriamente, a partir del 21 de marzo de 2005, en un cargo Nivel D —Asistente Técnico— de la planta permanente de la UNIDAD FISCAL DE CONTROL ADMINISTRATIVO de la OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, a la doctora Marcela D’AGOSTINO (D.N.I.Nº 12.299.659).

ARTICULO 2º — Dase por designado transitoriamente, a partir del 4 de abril de 2005, en un cargo Nivel E —Asistente Administrativo— de la planta permanente de la DIRECCION DE PLANIFICACION DE POLITICAS DE TRANSPARENCIA de la OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, al señor Diego Hernán MARTINEZ (D.N.I.Nº 29.478.865).

ARTICULO 3º — Las designaciones en los cargos aludidos se disponen con carácter de excepción a lo establecido en el Título III, Capítulos I y II, del Anexo I al Decreto Nº 993/91 T.O.1995 y a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 25.967.

ARTICULO 4º — Los cargos involucrados en la presente medida deberán ser cubiertos conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA —Decreto Nº 993/91 T.O.1995— en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto.

ARTICULO 5º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 40 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Alberto J.B.Iribarne.
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