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Legislación NacionalDecreto 1400/2005 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO PODER EJECUTIVO NACIONAL Desestímase el recurso jerárquico en subsidio interpuesto por un agente de la citada Jurisdicción contra la Resolución Conjunta de la ex Secretaría de la Función Pública, entonces de la Presidencia de la Nación, y del Ministerio de Defensa Nº 36/92. Bs.As., 16/11/2005 VISTO el Expediente Nº 17273/2003 del registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO por el que tramita el recurso de reconsideración y jerárquico en subsidio interpuesto por el agente del Agrupamiento General del citado Departamento de Estado D.Eugenio Antonio GENEST (M.I.Nº 8.563.670), contra la Resolución Conjunta de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA entonces de la PRESIDENCIA DE LA NACION y del MINISTERIO DE DEFENSA Nº 36 de fecha 30 de abril de 1992; el Expediente 17790/1992 del MINISTERIO DE DEFENSA, y CONSIDERANDO: Que por la Resolución aludida se reencasilló al recurrente en el Nivel C del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, aprobado por el Decreto Nº 993/ 91 (T.O.1995). Que posteriormente y por Resolución Conjunta de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA entonces de la PRESIDENCIA DE LA NACION y del MINISTERIO DE DEFENSA Nº 35 de fecha 1 de octubre de 1993, se désestimó el recurso de reconsideración interpuesto por el peticionante. Que el Decreto Nº 207/03 transfirió al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO la DIRECCION NACIONAL DEL ANTARTICO y al personal que revistaba en esa dependencia hasta entonces perteneciente al MINISTERIO DE DEFENSA. Que el recurrente no ha aportado nuevos elementos de juicio en concepto de mejora del recurso interpuesto, por lo que se considera ajustado a derecho desestimar el recurso jerárquico presentado. Que el Decreto Nº 769/94 establece que los recursos jerárquicos que se presenten contra actos administrativos que dispongan reencasillamientos deben tramitarse en la jurisdicción de revista del agente sustanciándose la petición ante el servicio jurídico permanente del organismo correspondiente. Que han tomado la intervención que les compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO DE LA SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Que ha tomado intervención la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION en función de lo prescripto por el artículo 92 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 (T.O.1991). Que la presente medida se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 (T.O.1991). Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: ARTICULO 1º Desestímase el recurso jerárquico en subsidio interpuesto por el agente del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, D.Eugenio Antonio GENEST (M.I.Nº 8.563.670) contra la Resolución Conjunta de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA entonces de la PRESIDENCIA DE LA NACION y del MINISTERIO DE DEFENSA Nº 36 de fecha 30 de abril de 1992. ARTICULO 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Rafael A.Bielsa. |
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