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Legislación Nacional


Decreto 26/2005

PERSONAL MILITAR
PODER EJECUTIVO NACIONAL


Desígnase en comisión permanente Agregado Militar a la Embajada en la República Federativa del Brasil.

Bs.As., 17/1/2005
VISTO lo informado por el señor Jefe del Estado Mayor General del Ejército, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Nº 2553 del 10 de diciembre de 2002, fue designado en comisión “permanente”, a partir del 16 de enero de 2003 y por el término de SETECIENTOS SESENTA Y UN (761) días, el Coronel de Artillería D.Guillermo PRIETO (D.N.I.Nº 10.736.135) para que se desempeñara como Agregado Militar a la Embajada de la REPUBLICA ARGENTINA en la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL.

Que, a los efectos de reemplazar al Oficial Superior al finalizar su función, es necesario designar en comisión “permanente”, a partir del 16 de enero de 2005 y por el término de SETECIENTOS SESENTA (760) días, al Coronel de Ingenieros D.Roberto Francisco EITO (D.N.I.Nº 11.800.322) para que se desempeñe como Agregado Militar a la Embajada de la REPUBLICA ARGENTINA en la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL.

Que la designación del Coronel de Ingenieros D.Roberto Francisco EITO (D.N.I.Nº 11.800.322) se efectúa de acuerdo con lo establecido por la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE DEFENSA Nº 1065 y del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO Nº 3135 del 11 de noviembre de 1999 y a fin de cumplimentar el Programa Anual de Actividades y Comisiones en el Exterior (PAACE – Año 2005).

Que la medida propuesta se dicta en virtud de las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el Artículo 99, inciso 12 de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA y por el Artículo 10 de la Ley Orgánica del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1° — Desígnase en comisión “permanente”, a partir del 16 de enero de 2005 y por el término de SETECIENTOS SESENTA (760) días, al Coronel de Ingenieros D.Roberto Francisco EITO (D.N.I.Nº 11.800.322) para que se desempeñe como Agregado Militar a la Embajada de la REPUBLICA ARGENTINA en la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL.

ARTICULO 2° — El ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO (CONTADURIA GENERAL DEL EJERCITO) liquidará, en el país de origen, al Oficial Superior designado los conceptos de compensación por cambio de destino y el equivalente al primer trimestre de los sueldos y emolumentos que le corresponda, con aplicación del porcentaje establecido en el Artículo 2417 de la Reglamentación del Título II (Personal Militar en Actividad), Capítulo IV (Haberes) de la Ley para el Personal Militar, Ley Nº 19.101, aprobada por el Decreto Nº 3294 del 29 de diciembre de 1978, modificado por su similar Nº 1003 del 29 de abril de 1983, y, posteriormente, efectuará los giros pertinentes durante su permanencia en el país de destino.

ARTICULO 3° — Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto serán imputados a las partidas del Presupuesto de la Administración Nacional del Ejercicio 2005 y a los créditos que a tal efecto se prevean para los años sucesivos – JURISDICCION 4521 – ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO.

ARTICULO 4° — Por la DIRECCION NACIONAL DE CEREMONIAL se otorgará el pasaporte correspondiente.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER.— Rafael A.Bielsa.— José J.B.Pampuro.
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