This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Sun May 3 1:46:56 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional --------------------------------------------------- Decreto 395/2005 SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA PODER EJECUTIVO NACIONALDanse por prorrogadas las designaciones transitorias de Directora Nacional de Coordinación Técnica, Legal y Administrativa y de Director de Recursos Humanos y de Organización.Bs.As., 2/5/2005VISTO el Expediente N° 015.258/2003 del Registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, los Decretos Nros.491 de fecha 12 de marzo de 2002, su reglamentario 601 de fecha 11 de abril de 2002 y 763 del 18 de junio de 2004, y CONSIDERANDO:Que por el Decreto N° 763 de fecha 18 de junio de 2004 se designó en el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, con carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles en un cargo Nivel A, Grado 6, Función Ejecutiva I, como Directora Nacional de Coordinación Técnica, Legal y Administrativa a la Contadora Pública Da.Rafaela Liliana ESBER (M.I.N° 11.361.148) y en un cargo Nivel B, Grado 7, Función Ejecutiva II como Director de Recursos Humanos y Organización al señor D.Oscar Edgardo PEÑA (M.I.N° 11.068.374).Que a fin de asegurar la continuidad de las prestaciones que se vienen cumpliendo según las acciones asignadas al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, resulta necesario prorrogar las designaciones mencionadas en el primer considerando del presente acto, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles y como excepción a lo previsto en los Títulos III —Capítulo III— y VI, Artículo 71, primer párrafo, primera parte del Anexo I del Decreto N° 993/91 T.O.1995, toda vez que aún no se han realizado los procesos de selección previstos.Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.Que mediante el Decreto N° 491 del 12 de marzo del 2002 se estableció que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada o descentralizada en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.Que el Decreto N° 601 de fecha 11 de abril de 2002, en su Artículo 6° establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.Que el personal involucrado en la presente medida se encuentra exceptuado de lo establecido en el referido Artículo 6° del Decreto N° 601/02 reglamentario de su similar N° 491/ 02.Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los Artículos 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL y 1° del Decreto N° 491/02.Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:ARTICULO 1° — Danse por prorrogadas por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir del 1 de marzo de 2005, las designaciones transitorias efectuadas oportunamente en el ámbito del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, del personal que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.ARTICULO 2° — Las prórrogas mencionadas en el artículo precedente se efectúan con carácter de excepción a lo establecido en los Títulos III —Capítulo III— y VI, Artículo 71, primer párrafo, primera parte del Anexo I del Decreto N° 993/91 T.O.1995 y los artículos 1° y 4° del Decreto N° 1140/02.ARTICULO 3° — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SI.NA.P.A.) Decreto N° 993/91 T.O.1995, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el Artículo 1° del presente decreto.ARTICULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, se imputará con cargo a las partidas específicas del Presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Roberto Lavagna.ANEXO MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA Estruc.Unidad Nombre y Descripción Nivel Escalafón Cant.de Decreto Organizati del puesto Cargos u Hs.N° va Cátedra.Directora Nacional de Coordinación Técnica, Legal y Administrativa Contadora Pública Da.Rafaela Liliana ESBER (M.I.N° 11.361.148), Nivel A, Grado 6, Función Ejecutiva I.Director de Recursos Humanos y Organización Señor D.Oscar Edgardo PEÑA (M.I.N° 11.068.374), Nivel B, Grado 7, Función Ejecutiva II. --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0000-00-00 00:00:00 Post date GMT: 0000-00-00 00:00:00 Post modified date: 0000-00-00 00:00:00 Post modified date GMT: 0000-00-00 00:00:00 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com