Decreto 700/2005

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
PODER EJECUTIVO NACIONAL


Secretaría de Gabinete y Relaciones Parlamentarias.Créase un cargo extraescalafonario, con rango y jerarquía de Subsecretario.
Modifícase la distribución del Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005.

Bs.As., 17/6/2005
VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 2005 aprobado por la Ley N° 25.967 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 11 de enero de 2005 y el Decreto N° 624 del 21 de agosto de 2003, y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado en el VISTO se procedió a aprobar la estructura organizativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que resulta necesario profundizar las actividades desarrolladas por la jurisdicción en su relación con las distintas áreas de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, tendiendo a la optimización de la gestión de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por tales motivos resulta aconsejable crear con dependencia directa del señor Secretario de Gabinete y Relaciones Parlamentarias de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el cargo extraescalafonario de Coordinador Operativo con rango y jerarquía de Subsecretario.

Que para llevar a cabo la creación del citado cargo, resulta necesario efectuar una compensación de cargos a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° de la Ley N° 25.967.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y los artículos 6° de la Ley N° 25.967 y 2° del Decreto N° 565/05.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1° — Modifícase la distribución del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL Recursos Humanos en la parte correspondiente a la Jurisdicción 25 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para el ejercicio 2005, de acuerdo al detalle obrante en planilla anexa al presente artículo, que forma parte integrante del mismo.

ARTICULO 2° — Créase, con dependencia directa del Secretario de Gabinete y Relaciones Parlamentarias de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el cargo extraescalafonario de Coordinador Operativo, con rango y jerarquía de Subsecretario, cuyas funciones se describen en planilla anexa al presente artículo.

ARTICULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

— KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Roberto Lavagna.