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Legislación Nacional


Decreto 899/2005

COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA
PODER EJECUTIVO NACIONAL


Designación en la Planta Permanente del citado organismo descentralizado dependiente de la Secretaría de Energía

Bs.As., 21/7/2005
VISTO el expediente Nº 164.00032/04 del Registro de la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº 25.967 de Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 11 de enero de 2005, el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, y CONSIDERANDO:

Que ante las complicaciones actuales que se plantean en el área energética a nivel global, y en particular en lo que se refiere a la REPUBLICA ARGENTINA, es necesario revalorizar los estudios en planeamiento y prospectiva, en la seguridad de que un adecuado conocimiento y evaluación de los recursos energéticos y, en consecuencia, una acertada planificación, permitirán mejorar la eficiencia en el uso de los mismos, a fin de abastecer una demanda claramente creciente y por otro lado insoslayable.

Dicho crecimiento está motivado principalmente por la reactivación económica que hoy se verifica en el territorio nacional y que, al continuar en el tiempo, requerirá de una acertada estrategia en este campo.

Que en esta instancia, se hace necesario fortalecer con la incorporación de personal idóneo, la OFICINA DE PROSPECTIVA SOBRE LOS USOS PACIFICOS DE LA ENERGIA NUCLEAR de la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA, dado que sólo con profesionales capacitados y con una adecuada formación previa se podrán realizar aportes significativos a la planificación energética nacional.

En las condiciones actuales, y por la falta de recursos humanos adecuados, se ve menguada la capacidad de dar respuestas estratégicas a la compleja situación energética que en particular atraviesa la REPUBLICA ARGENTINA.

Que en virtud de ello la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA solicita incorporar al plantel permanente de la Institución al Doctor en Ciencias Físicas Don Eduardo Héctor COLOMBO (D.N.I.
10.123.998), quien por sus antecedentes profesionales está en condiciones de efectuar valiosos aportes a la OFICINA DE PROSPECTIVA SOBRE LOS USOS PACIFICOS DE LA ENERGIA NUCLEAR que depende de la Presidencia del Organismo antes citado.

Que la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA se encuentra exceptuada de lo previsto en el Artículo 7º de la Ley Nº 25.967 por estar comprendida dentro de los organismos indicados en el inciso a) del Artículo 14 de la Ley Nº 25.467.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que la medida que se propicia no altera el total del crédito asignado a la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA para el ejercicio 2005.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de lo establecido en el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y conforme lo dispuesto por el Artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º — Desígnase en la Planta Permanente de la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS al Doctor en Ciencias Físicas Don Eduardo Héctor COLOMBO (D.N.I.10.123.998), en la Categoría 12 del ESCALAFON PARCIAL “A” –PERSONAL ESPECIALIZADO del Escalafón del Personal de la mencionada Institución.

ARTICULO 2º — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

— KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Julio M.De Vido.
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