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Legislación NacionalDecreto 945/2005 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION PODER EJECUTIVO NACIONAL Desígnase, con carácter transitorio, Directora de Negociaciones Comerciales de la Dirección Nacional de Política Comercial Externa de la Subsecretaría de Política y Gestión Comercial de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa. Bs.As., 4/8/2005 VISTO el Expediente N° S01:0225744/2004 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley N° 25.967 y los Decretos Nros.993/91 T.O.1995 y 491 de fecha 12 de marzo de 2002, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 25.967 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005. Que el Artículo 7° de la mencionada ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados, existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros. Que el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente. Que en virtud de específicas razones de servicio del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante Nivel B, Función Ejecutiva III, de Director de Negociaciones Comerciales perteneciente a la Dirección Nacional de Política Comercial Externa de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del mencionado Ministerio. Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción de lo dispuesto en los Títulos III Capítulo III y VI Artículo 71, primer párrafo, primera parte del Anexo I al Decreto N° 993/ 91 T.O.1995. Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno. Que la profesional propuesta, reúne los requisitos de experiencia e idoneidad necesarios para cubrir el cargo de Director de Negociaciones Comerciales. Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 1° del Decreto N° 491/02. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: ARTICULO 1° Desígnase con carácter transitorio a partir de la fecha de notificación y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, Directora de Negociaciones Comerciales de la Dirección Nacional de Política Comercial Externa de la SUBSECRETARIA, DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en un cargo de la Planta Permanente Nivel B Grado 0, con Función Ejecutiva III, a la Doctora Da.Claudia ZANON (M.I.N° 16.220.513), con carácter de excepción a lo dispuesto por los Títulos III Capítulo III y VI Artículo 71, primer párrafo, primera parte del Anexo I al Decreto N° 993/91 T.O.1995. ARTICULO 2° Instrúyese al señor Jefe de Gabinete de Ministros a proceder al descongelamiento de la vacante correspondiente al cargo que se consigna en el artículo precedente. ARTICULO 3° El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SI.NA.P.A.) Decreto N° 993/91 T.O.1995 en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente medida. ARTICULO 4° El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION. ARTICULO 5° Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Roberto Lavagna. |
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