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Legislación NacionalDecreto 946/2005 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION PODER EJECUTIVO NACIONAL Dase por designado un funcionario en la Unidad Secretario de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa. Bs.As., 4/8/2005 VISTO el Expediente N° S01:132420/2004 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley N° 25.967 y los Decretos Nros.993/91 T.O.1995 y 491 de fecha 12 de marzo de 2002, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 25.967 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005. Que el Artículo 7° de la mencionada ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinetes de Ministros. Que el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002 dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente. Que, en virtud de específicas razones de servicios del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante en la Planta No Permanente de Personal Transitorio, Nivel C, de la Unidad Secretario de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del mencionado Ministerio. Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno. Que el profesional propuesto efectúa una real y efectiva prestación de servicios en el cargo mencionado desde el 1 de abril de 2005, por lo que se procede a designarlo con efecto a esa fecha. Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el Artículo 1° del Decreto N° 491/ 02. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: ARTICULO 1° Dase por designado a partir del día 1 de abril de 2005, a Don Rubén Javier CEJAS (M.I.N° 22.032.184) en un cargo de Planta No Permanente de Personal Transitorio, Nivel C, de la Unidad Secretario de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION. ARTICULO 2° Instrúyese al señor Jefe de Gabinete de Ministros a proceder al descongelamiento del cargo consignado en el artículo precedente. ARTICULO 3° El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION. ARTICULO 4° Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Roberto Lavagna. |
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