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Ley 25.999 ORGANIZACION Y PROCEDIMIENTO DE LA JUSTICIA NACIONAL DEL TRABAJO PODER LEGISLATIVO NACIONAL Modificación de la Ley Nº 18.345 (T.O.).Sancionada:Diciembre 16 de 2004 Promulgada de hecho:Enero 10 de 2005 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1° Sustitúyese el artículo 119 de la Ley N° 18.345 (t.o.) de Organización y Procedimiento de la Justicia Nacional del Trabajo por el siguiente:Artículo 119:Traslado de la expresión de agravios.El juez dará traslado de la expresión de agravios a la contraparte por el plazo de TRES (3) días.El traslado será notificado personalmente o por cédula. Contestados los agravios o vencido el plazo para hacerlo, se elevará el expediente a la Cámara. ARTICULO 2° Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO. REGISTRADO BAJO EL N° 25.999 EDUARDO O.CAMAÑO. MARCELO A.GUINLE. Eduardo D.Rollano. Juan H.Estrada. |