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Legislación Nacional


Decreto 1026/2004

INSTITUTO GEOGRAFICO MILITAR
PODER EJECUTIVO NACIONAL

Desígnase Auditor Interno del citado organismo descentralizado en Jurisdicción del Ministerio de Defensa.

Bs.As., 10/8/2004 VISTO, el Artículo 1° del Decreto N° 971 del 6 de mayo de 1993 por el que se creara en diversas jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional el cargo de Auditor Interno, la incorporación efectuada por el Artículo 4° del Decreto N° 2389 del 18 de noviembre de 1993 y lo solicitado por el INSTITUTO GEOGRAFICO MILITAR, Organismo Descentralizado en Jurisdicción del MINISTERIO DE DEFENSA, y CONSIDERANDO:

Que habiendo cesado en sus funciones la Contadora Adelaida Isabel CAMACHO, por agotamiento de su licencia por jubilación, se encuentra vacante el cargo de Auditor Interno en el INSTITUTO GEOGRAFICO MILITAR.

Que, en cumplimiento de las disposiciones del Artículo 4° del citado Decreto N° 971/93, para la cobertura del cargo de que se trata ha tomado intervención la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, considerando que la Contadora Laura Mariela VERCELLI reúne el perfil pautado por ese Organismo para el desempeño del mismo.

Que para la presente designación, como excepción a las disposiciones del Artículo 7° de la Ley de Presupuesto de la Administración Pública Nacional para el corriente ejercicio, N° 25.827, se han expedido favorablemente las áreas técnicas competentes del MINISTERIO DE DEFENSA y la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que el presente decreto se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 7° de la CONSTITUCION NACIONAL y de conformidad con las previsiones de los Artículos 7° y 14° de la Ley 25.827 y lo dispuesto por el Artículo 1° del Decreto N° 491/ 02.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1° — Desígnase a la Contadora Laura Mariela VERCELLI (D.N.I.N° 23.124.833) Auditor Interno del INSTITUTO GEOGRAFICO MILITAR, Organismo Descentralizado en Jurisdicción del MINISTERIO DE DEFENSA, como excepción a lo dispuesto al Artículo 7° de la Ley 25.827.

ARTICULO 2° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 4500450 – INSTITUTO GEOGRAFICO MILITAR, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Pública Nacional N° 25.827.

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— José J.B.Pampuro.
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