This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Fri May 8 19:32:41 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional --------------------------------------------------- Decreto 1723/2004 INDUSTRIA AUTOMOTRIZ PODER EJECUTIVO NACIONALAutorízase a la firma Tecnología Avanzada en Transporte S.A.a operar como empresa terminal de la industria automotriz, conforme con las normas establecidas por la Ley Nº 21.932 y su reglamentación.Bs.As., 6/12/2004VISTO el Expediente N° S01:0058023/2003 del Registro del exMINISTERIO DE LA PRODUCCION, y CONSIDERANDO:Que mediante el referido expediente la firma TECNOLOGIA AVANZADA EN TRANSPORTE S.A., solicita su inclusión en carácter de empresa terminal, en el Régimen de la Industria Automotriz establecido por la Ley N° 21.932 y sus normas reglamentarias.Que a tal efecto acompaña a su solicitud el proyecto industrial que fundamenta la misma.Que la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en su calidad de Autoridad de Aplicación del Régimen de la Industria Automotriz, se ha pronunciado favorablemente respecto a la viabilidad del aludido proyecto industrial.Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.Que el presente decreto se dicta en virtud de las facultades previstas por el Artículo 99, inciso 1), de la CONSTITUCION NACIONAL y la Ley N° 21.932.Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:ARTICULO 1° — Autorízase a la firma TECNOLOGIA AVANZADA EN TRANSPORTE S.A.con domicilio legal y administrativo en la Avenida Ramos Mejía N° 1358 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y su Planta Industrial en la calle General Savio N° 2750 de la Localidad de San Martín, Provincia de BUENOS AIRES, a operar como empresa terminal de la industria automotriz conforme con las normas establecidas por la Ley N° 21.932 y su reglamentación.ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Roberto Lavagna. --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0000-00-00 00:00:00 Post date GMT: 0000-00-00 00:00:00 Post modified date: 0000-00-00 00:00:00 Post modified date GMT: 0000-00-00 00:00:00 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com