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Legislación Nacional


Decreto 1737/2004

PRESIDENCIA DE LA NACION
PODER EJECUTIVO NACIONAL


Apruébase lo actuado por el Secretario General en relación con el Contrato de Locación celebrado con la empresa RollsRoyce North America Inc.y la Primera Reforma a dicho contrato.

Bs.As., 10/12/2004
VISTO el Expediente Nº 16.371/2004 del registro de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y CONSIDERANDO:

Que, como ha sido de público y notorio conocimiento, los DOS (2) motores de la aeronave Boeing 757200, Matrícula T01 de dotación de la PRESIDENCIA DE LA NACION no se encuentran en condiciones de operar a raíz de los desperfectos detectados en los mismos.

Que oportunamente y con carácter previo a producirse dichos desperfectos, se había contratado a la firma BEDEK AVIATION GROUP ISRAEL AIRCRAFT INDUSTRIES LTD.para la realización del servicio de inspección mayor y provisión de materiales para el cumplimiento de la Inspección 6º C, necesarios para el normal funcionamiento de la aeronave mencionada en el considerando anterior, la cual tendría lugar en los talleres situados en la ciudad de TEL AVIV ESTADO DE ISRAEL.

Que la referida aeronave debió ingresar a los mencionados talleres en el mes de octubre de 2004, extremo que no pudo concretarse en atención a la imposibilidad de operación de los motores.

Que frente a ello, se solicitó a la empresa BEDEK AVIATION GROUP ISRAEL AIRCRAFT INDUSTRIES LTD la prórroga de aquella fecha, la cual fue concedida.

Que de tal manera, y ante la situación descripta, resulta imperioso trasladar el avión a la ciudad de TEL AVIV ESTADO DE ISRAEL, a los efectos de la realización de aquella inspección.

Que para concretar dicho traslado, ha sido necesario proceder al alquiler de DOS (2) motores con el fin de reemplazar, a ese solo efecto, los existentes en la aeronave.

Que en ese orden, se solicitaron cotizaciones a diferentes empresas especializadas en la actividad aeronáutica.

Que la DIRECCION GENERAL DE LOGISTICA de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha señalado que la oferta presentada por la firma ROLLS ROYCE NORTH AMERICA INC.resulta ajustada a los requerimientos formulados.

Que en consonancia con ello, el SECRETARIO GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION suscribió un contrato con la referida empresa con el objeto de arrendar los DOS (2) motores precedentemente referidos.

Que en dicho instrumento se ha acordado que el locatario efectuará todos los pagos en su totalidad en dólares estadounidenses, mediante transferencia telegráfica a la cuenta bancaria del locador.

Que, asimismo, se establece que el locatario deberá contratar un seguro para la cobertura de la operación, requisito que ha sido cumplido por el ESTADO NACIONAL.

Que en consecuencia corresponde aprobar lo actuado por el SECRETARIO GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, estableciéndose asimismo que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION expedirá la correspondiente Carta de Crédito.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 16 de la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672 (T.O.1999).

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º — Apruébase lo actuado por el SECRETARIO GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION en relación al Contrato de Locación del Motor Nº 1 de fecha 29 de noviembre de 2004 celebrado con la empresa ROLLS ROYCE NORTH AMERICA INC., y a la Primera Reforma del referido Contrato de fecha 03 de diciembre de 2004, que como Anexos I y II respectivamente, forman parte integrante del presente.

ARTICULO 2º — La SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION expedirá la correspondiente Carta de Crédito a favor de la empresa ROLLS ROYCE NORTH AMERICA INC.mediante transferencia telegráfica.

ARTICULO 3º — El gasto que demande la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 2001 SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Aníbal D.Fernández.

NOTA:Este Decreto se publica sin anexos.
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