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Legislación Nacional


Decreto Nº 325/2004

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Danse por prorrogadas las designaciones transitorias de Auditores Adjuntos, de Coordinación, Estrategia y Planes, Operacional y Contable y Legal, que fueran dispuestas por el Decreto N° 1246/2003.

Bs.As., 17/3/2004

VISTO la Ley Nº 25.827, los Decretos Nros.993 del 27 de mayo de 1991 (T.O.1995), 491 del 12 de marzo de 2002, 1300 del 22 de julio de 2002, 1246 del 12 de diciembre de 2003 y lo solicitado por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y 
CONSIDERANDO:

Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2004.

Que el artículo 7º de la mencionada Ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes al 22 de diciembre de 2003, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del artículo 14 de la citada Ley.

Que mediante el dictado del Decreto Nº 1246/2003, fueron prorrogadas las designaciones transitorias de los agentes consignados en el Anexo I adjunto al presente en los cargos pertenecientes a la Unidad de Auditoría Interna del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto Nº 1300/02 se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL hasta el primer nivel operativo con dependencia directa del nivel político y la segunda apertura por la Resolución MDS Nº 1438/02.

Que transcurrido el plazo a que se refiere el artículo 1º del Decreto Nº 1246/2003, y no habiéndose efectuado la correspondiente convocatoria al proceso de selección, razones operativas hacen necesario prorrogar las designaciones transitorias de los mencionados agentes.

Que dichas coberturas se hacen exceptuándolas de lo establecido en el artículo 7º de la citada Ley y de lo dispuesto por el Título III, Capítulos I, II y III y Título VI, artículo 71 – primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto Nº 993/91 (T.O.1995).

Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y de los artículos 7º y 14 de la Ley Nº 25.827 y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto N° 491/02.

Por ello, 

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1° — Danse por prorrogadas, en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a partir del 1º de enero de 2004, las designaciones transitorias de los agentes que se consignan en el Anexo I, que fueran dispuestas por Decreto Nº 1246/2003, conforme el detalle obrante en el mismo.

Las prórrogas de las designaciones en los cargos aludidos se disponen con carácter de excepción a lo establecido en el Título III, Capítulos I, II y III y Título VI, artículo 71 – primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto Nº 993/91 (T.O.1995), y a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 25.827.

Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los sistemas de selección previstos en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA –Decreto Nº 993/91 (T.O.1995), en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 1º de enero de 2004.

ARTICULO 2º — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 85 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Alicia M.Kirchner.

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