Legislación Nacional
Decreto Nº 328/2004 CONSEJO NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
Desígnase Auditor Interno del mencionado organismo descentralizado del Ministerio de Desarrollo Social.
Bs.As., 17/3/2004
VISTO el expediente 110003702004 del registro del CONSEJO NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA organismo descentralizado del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y las Leyes N° 24.156 y N° 25.827 y los Decretos N° 971 de 6 de mayo de 1993 y N° 491 del 12 de marzo de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que por las referidas actuaciones tramita la designación del titular de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del CONSEJO NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA.
Que, mediante la Ley N° 24.156, artículos 100 y 102, se dispone la creación y se establecen las funciones de la Unidad de Auditoría Interna en las distintas jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional.
Que, por el Decreto N° 971/1993, se establece el cargo de Auditor Interno, se reglan los requisitos y nivel del cargo y la mecánica de designación.
Que, por el Decreto N° 491/02, se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada en los términos del artículo 2° del Decreto N° 23 del 23 de diciembre de 2001 en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que, encontrándose vacante el cargo de Auditor Interno del CONSEJO NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, organismo descentralizado del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, resulta necesario proceder a su cobertura.
Que el mencionado CONSEJO ha propuesto al efecto la designación del Doctor Fabián Andrés JAYAT.
Que ha tomado la intervención que le compete la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención competente.
Que el presente se dicta conforme a las facultades otorgadas por el inciso 7° del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos 7 y 14 de la Ley N° 25.827, y el Decreto N° 491/02.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1° Desígnase, a partir del 1° de enero de 2004, al Doctor Fabián Andrés JAYAT, DNI N° 18.338.105, en el cargo de Auditor Interno del CONSEJO NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, organismo descentralizado del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
ARTICULO 2° Establécese que la designación a que se alude en el artículo anterior, es efectuada con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley N° 25.827.
ARTICULO 3° El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será atendido con cargo a las partidas específicas de la Entidad 111 CONSEJO NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, organismo descentralizado del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
ARTICULO 4° Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Alicia M.Kirchner.
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