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Legislación Nacional


Decreto Nº 338/2004

SERVICIO EXTERIOR

Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario en la República de Honduras.

Bs.As., 18/3/2004

VISTO lo propuesto por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y 
CONSIDERANDO:

Que el HONORABLE SENADO DE LA NACION ha prestado Acuerdo a la designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, al señor D.Alfredo Waldo FORTI, según lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley Nº 20.957 del Servicio Exterior de la Nación.

Que para estos efectos el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO cuenta con la vacante correspondiente.

Que oportunamente el Gobierno de la REPUBLICA DE HONDURAS concedió el placet de estilo al señor D.Alfredo Waldo FORTI, para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho Estado.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7º, de la CONSTITUCION NACIONAL y 5º de la Ley Nº 20.957.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º — Nómbrase en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, funcionario de la categoría “A” Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, al señor D.Alfredo Waldo FORTI (M.I.Nº 13.950.605), de conformidad con lo establecido por el artículo 5º de la Ley Nº 20.957 del Servicio Exterior de la Nación.

ARTICULO 2º — Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPUBLICA DE HONDURAS al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D.Alfredo Waldo FORTI (M.I.Nº 13.950.605).

ARTICULO 3º — Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER.— Rafael A.Bielsa.

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