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Legislación Nacional


Decreto Nº 457/2004

HUESPEDES OFICIALES

Convalídase el tratamiento de Huésped Oficial del Gobierno argentino acordado al Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Cuba.

Bs.As., 14/4/2004

VISTO la Visita Oficial que efectuara al país el señor Ministro de Relaciones Exteriores de la REPUBLICA DE CUBA, D.Felipe PEREZ ROQUE, entre los días 25 y 26 de febrero de 2004, lo aconsejado por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y 

CONSIDERANDO:

Que la Declaración de Huéspedes Oficiales encuadra en las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 99, inciso 1.de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello, 

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º — Convalídase la declaración de Huésped Oficial del Gobierno argentino al señor Ministro de Relaciones Exteriores de la REPUBLICA DE CUBA, D.Felipe PEREZ ROQUE, durante su permanencia en la República, entre los días 25 y 26 de febrero de 2004.

ARTICULO 2º — Atiéndanse con cargo al presupuesto correspondiente a la jurisdicción 35 —MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO— para el ejercicio 2004, los gastos derivados del presente Decreto.

ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER.— Rafael A.Bielsa.

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