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Legislación Nacional


Decreto Nº 461/2004

HUESPEDES OFICIALES

Convalídase el tratamiento de Huéspedes Oficiales del Gobierno argentino acordado a representantes de los países miembros del Mercosur, de países asociados e invitados de la Comunidad Andina, en ocasión de realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires una Reunión Extraordinaria del Grupo Mercado Común.


Bs.As., 14/4/2004

VISTO la Visita que efectuaran a la REPUBLICA ARGENTINA los Representantes de los países miembros del Mercosur, señor Ministro de Relaciones Exteriores de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, D.Celso AMORIM; señora Ministro de Relaciones Exteriores de la REPUBLICA DEL PARAGUAY, Da.Leila Teresa RACHID LICHI; señor Ministro de Relaciones Exteriores de la REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, D.Didier OPERTTI BADAN, de los países Asociados del Mercosur, señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto de la REPUBLICA DE BOLIVIA, D.Juan Ignacio SILES DEL VALLE; señora Ministro de Relaciones Exteriores de la REPUBLICA DE CHILE, Da.Soledad ALVEAR y señor Secretario de Política Exterior de la REPUBLICA DEL PERU, D.Oscar MAURTUA DE ROMAÑA, con motivo de la Reunión Extraordinaria del Grupo Mercado Común y países Asociados realizada en Buenos Aires los días 1 y 2 de marzo de 2004.

Como asimismo los Representantes de los países de la Comunidad Andina, invitados a la citada Reunión, señor Viceministro de Comercio Exterior de la REPUBLICA DE COLOMBIA, D.Juan Ricardo ORTEGA; señor Subsecretario de Relaciones Exteriores de la REPUBLICA DEL ECUADOR, D.José PIEDRAHITA y señor Ministro de la Producción y el Comercio de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, D.Wilmar CASTRO SOTELDO, lo aconsejado por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y CONSIDERANDO:

Que la Declaración de Huéspedes Oficiales encuadra en las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 99, inciso 1.de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello, 

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º — Convalídase el tratamiento de Huéspedes Oficiales del Gobierno argentino a los Representantes de los países miembros del Mercosur, señor Ministro de Relaciones Exteriores de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, D.Celso AMORIM; señora Ministro de Relaciones Exteriores de la REPUBLICA DEL PARAGUAY, Da.Leila Teresa RACHID LICHI; señor Ministro de Relaciones Exteriores de la REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, D.Didier OPERTTI BADAN; y de los países Asociados, señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto de la REPUBLICA DE BOLIVIA, D.Juan Ignacio SILES DEL VALLE, señora Ministro de Relaciones Exteriores de la REPUBLICA DE CHILE, Da.Soledad ALVEAR y señor Secretario de Política Exterior de la REPUBLICA DEL PERU, D.Oscar MAURTUA DE ROMAÑA.

Como asimismo los Representantes de los países de la Comunidad Andina, señor Viceministro de Comercio Exterior de la REPUBLICA DE COLOMBIA, D.Juan Ricardo ORTEGA; señor Subsecretario de Relaciones Exteriores de la REPUBLICA DEL ECUADOR, D.José PIEDRAHITA y señor Ministro de la Producción y el Comercio de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, D.Wilmar CASTRO SOTELDO, en ocasión de realizarse en la ciudad Autónoma de Buenos Aires una Reunión Extraordinaria del Grupo Mercado Común, países Asociados e invitados de la Comunidad Andina entre los días 1 y 2 de marzo de 2004.

ARTICULO 2º — Atiéndanse con cargo al presupuesto correspondiente a la jurisdicción 35 —MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO— para el ejercicio de 2004, los gastos derivados del presente Decreto.

ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER.— Rafael A.Bielsa.

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