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Legislación NacionalBIENES DE INTERES HISTORICOARTISTICO Ley 26.333 Declárase Bien de Interés Histórico-Artístico al edificio del "Teatro Español" de la ciudad de Comodoro Rivadavia, provincia del Chubut. Sancionada: Diciembre 4 de 2007 Promulgada de Hecho: Enero 2 de 2008 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º — Declárase Bien de Interés Histórico- Artístico al edificio del "Teatro Español", ubicado en la calle San Martín 668/674, de la ciudad de Comodoro Rivadavia, provincia del Chubut. ARTICULO 2º — A los fines dispuestos en el artículo 1º de la presente, el citado bien queda amparado en las disposiciones de las Leyes 12.665 y 25.197. ARTICULO 3º — La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos convendrá con el titular del inmueble los términos y alcances de la cooperación a brindar por aquélla a efectos de la mejor preservación, conservación y guarda del edificio que se declara bien de interés histórico-artístico por esta ley. ARTICULO 4º — La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos practicará las inscripciones correspondientes en el Registro Nacional de Bienes Históricos e Históricos Artísticos con la referencia "Bien de Interés Histórico-Artístico" al "Teatro Español de Comodoro Rivadavia" y en los registros catastrales y de la Propiedad Inmueble que correspondan. ARTICULO 5º — Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE. — REGISTRADO BAJO EL Nº 26.333 — ALBERTO BALESTRINI. — JOSE J. B. PAMPURO. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada. |
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