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MALLA ANTIGRANIZO Ley 26.459 Prorrógase la vigencia de las disposiciones de los artículos 10 y 11 de la Ley Nº 25.174. Sancionada: Diciembre 10 de 2008 Promulgada: Diciembre 15 de 2008 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º — Prorróguese la vigencia de las disposiciones de los artículos 10 y 11 de la Ley 25.174 y sus modificatorias, por el plazo de DIEZ (10) años a partir del vencimiento previsto en el Decreto 1552/2001. ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO. — REGISTRADA BAJO EL Nº 26.459 — JOSE J. B. PAMPURO. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada. |