Legislación Nacional
Decreto Nº 653/2004 MINISTERIO DE SALUD
Designación con carácter transitorio, como excepción a la restricción contenida en el artículo 7º de la Ley Nº 25.827 y a lo establecido en el Título III, Capítulos I y II, del Anexo I al Decreto Nº 993/91 T.O.1995.
Bs.As., 26/5/2004
VISTO la Ley Nº 25.827, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, la Decisión Administrativa Nº 24 del 25 de abril de 2002, la Resolución del MINISTERIO DE SALUD Nº 233 del 26 de abril de 2002 y el Expediente Nº 12002258/042 del registro del citado Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Pública Nacional para el ejercicio del año 2004.
Que el artículo 7º de la misma establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes al 1º de enero de 2004, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de la planta permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que por Decisión Administrativa Nº 24/02 y la Resolución del MINISTERIO DE SALUD Nº 233/02 se aprobó la estructura organizativa del citado Ministerio de acuerdo con lo previsto en el artículo 19 del Decreto Nº 357/02 y sus modificatorios.
Que el MINISTERIO DE SALUD plantea la necesidad de contar con un profesional especializado en materia epidemiológica para desempeñarse en el ámbito de la DIRECCION DE EPIDEMIOLOGIA dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMAS SANITARIOS de la SUBSECRETARIA DE PROGRAMAS DE PREVENCION Y PROMOCION dependiente de la citada Jurisdicción Ministerial.
Que las misiones y funciones desarrolladas por la citada Dirección, en especial las referentes al Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, hacen imprescindible contar con personal idóneo y permanente en la comentada unidad orgánica.
Que a esos efectos el citado Ministerio propicia la designación del doctor Dn.Daniel Ivan INSUA en un cargo vacante de la planta permanente de la SUBSECRETARIA DE PROGRAMAS DE PREVENCION Y PROMOCION, Nivel B, agrupamiento general del escalafón instituido por el Decreto Nº 993/91 T.O.1995 y sus modificatorios.
Que el nombrado profesional cuenta con las condiciones de experiencia e idoneidad que lo habilitan para cumplir eficientemente con las tareas específicas del cargo a cubrir.
Que imprescindibles razones de servicio hacen necesario formalizar la cobertura transitoria del cargo mencionado, el cual resulta de vital importancia para contribuir al normal desenvolvimiento de las acciones que tiene asignadas la DIRECCION DE EPIDEMIOLOGIA en el ámbito del referido organismo, exceptuándolo a tal efecto de la restricción contenida en el artículo 7º de la Ley Nº 25.827 y de lo establecido en el Título III, Capítulos I y II, del Anexo I al Decreto Nº 993/91 T.O.1995 y sus modificatorios.
Que la designación propiciada no constituye asignación de recurso alguno.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL y de los artículos 7º y 14 de la Ley Nº 25.827 y de lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1º Desígnase con carácter transitorio en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE PROGRAMAS DE PREVENCION Y PROMOCION dependiente del MINISTERIO DE SALUD, al doctor Dn Daniel Ivan INSUA (DNI Nº 12.921.351) en un cargo vacante Nº 61.227, Nivel B del agrupamiento general del escalafón instituido por el Decreto Nº 993/91 T.O.1995 y sus modificatorios, con carácter de excepción a la restricción contenida en el artículo 7º de la Ley Nº 25.827 y a lo establecido en el Título III, Capítulos I y II, del Anexo I al Decreto Nº 993/91 T.O.1995 y sus modificatorios.
ARTICULO 2º El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, Decreto Nº 993/91 T.O.1995 y sus modificatorios, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de la designación transitoria.
ARTICULO 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio del MINISTERIO DE SALUD.
ARTICULO 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Ginés M.González García.
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