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Ley 25.883 CONMEMORACIONES Sancionada:Abril 14 de 2004. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º Sustitúyase el artículo 2º de la Ley 23.225 por el siguiente:El Ministerio de Relaciones Exteriores, comercio Internacional y Culto, organizará la celebración en acto público y arbitrará los medios para el efectivo cumplimiento de la presente ley. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CUATRO. REGISTRADA BAJO EL Nº 25.883 EDUARDO O.CAMAÑO. MARCELO A.GUINLE. Eduardo D.Rollano. Juan H.Estrada. |