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Legislación Nacional


Decreto Nº 360/2003

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA

Dase por designado Vocal del Consejo Directivo en representación de Confederaciones Rurales Argentinas.

Bs.As., 10/7/2003

VISTO el Expediente Nº 120.983/2003 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA), Ente Autárquico en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y 

CONSIDERANDO:

Que en el mismo se da cuenta de la necesidad de cubrir el cargo de Vocal del Consejo Directivo de dicho Instituto, en representación de CONFEDERACIONES RURALES ARGENTINAS (C.R.A.).

Que con fecha 31 de mayo de 2003 finalizó el mandato del señor Ingeniero Agrónomo D.Otto Antonio NENNING, que fuera designado por Decreto Nº 335 del 20 de febrero de 2003, para completar un período de Ley.

Que CONFEDERACIONES RURALES ARGENTINAS (C.R.A.) propicia la designación del señor Ingeniero Agrónomo D.Otto Antonio NENNING, para ocupar dicho cargo, por un nuevo período de Ley de CUATRO (4) años.

Que el señor Ingeniero Agrónomo D.Otto Antonio NENNING cuenta con antecedentes personales y profesionales que lo habilitan para el cumplimiento de las tareas que le serán encomendadas.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente decreto se dicta conforme a las facultades otorgadas por Artículo 99, Inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, el Artículo 6º del DecretoLey Nº 21.680 del 4 de diciembre de 1956 y sus modificatorios, la Ley Nº 25.641 y el Artículo 1º del Decreto Nº 491 el 12 de marzo de 2002.

Por ello, 

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º — Dase por designado Vocal del Consejo Directivo del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA), Ente Autárquico en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en representación de CONFEDERACIONES RURALES ARGENTINAS (C.R.A.) para cumplir un período de Ley de CUATRO (4) años, a partir del 1º de junio de 2003, al señor Ingeniero Agrónomo D.Otto Antonio NENNING (D.N.I.Nº 7.832.066).

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER.— Roberto Lavagna.

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